Llamado urgente: institucionalización mortal por COVID 19 en el Hospital Salud Mental “Federico Mora”

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Créditos: La Hora.
Tiempo de lectura: 21 minutos

Ciudad de Guatemala, Washington D.C., 7 de mayo de 2020

Sra. Catalina Devandas Aguilar,

Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad c / o Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Ginebra

CH-1211 Ginebra 10, Suiza

Correo electrónico: sr.disability@ohchr.org

Disability Rights International y el Colectivo Vida Independiente de Guatemala apelan para solicitar protecciones inmediatas que salvan vidas a las personas detenidas en el Centro Nacional de Salud Mental “Federico Mora” en la Ciudad de Guatemala, Guatemala. Las personas con discapacidad detenidas en el “Federico Mora” enfrentan un riesgo inminente de enfermedad y muerte como resultado de la exposición imprudente de los detenidos por parte de las autoridades a la propagación del virus COVID-19, la falta de atención médica y su continua ilegalidad. y detención innecesaria en la instalación.

DRI es consciente de que al menos dos personas que se preocupan directamente por las personas en “Federico Mora” han dado positivo por COVID-19. Cuatro enfermeras y 47 pacientes están en la llamada “cuarentena”[1]. Pero lo que se llama “cuarentena” en realidad puede no proporcionar protección, ya que todos los pacientes están encerrados en la instalación en lugares cerrados. Dada la exposición que ya han recibido y la falta de oportunidades para aislarse socialmente, es posible que un gran número de detenidos ya hayan sido infectados. Fuentes de la instalación dicen que las personas están encerradas en las salas residenciales y no se les permite salir para recibir atención médica. Los informes de la prensa también indican que el gobierno expondrá aún más a los detenidos al enviar a personas con discapacidades psicosociales deportadas de los Estados Unidos a Federico Mora, a pesar de que se sabe que estas personas dieron positivo por COVID-19. Estas prácticas representan un peligro inminente para la población de Federico Mora y deben detenerse. Si no se toman medidas de protección de inmediato, una gran cantidad de personas detenidas en la instalación se enfrentan a la exposición, enfermedad o muerte en los próximos días.

En 2012, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó la medida cautelar MC-370-12 a favor de las personas detenidas en el “Federico Mora” debido a las condiciones peligrosas, violentas, antihigiénicas y degradantes, la falta de condiciones adecuadas. atención médica y abuso generalizado en la instalación. Estas condiciones y abusos persisten hasta la fecha y las medidas cautelares siguen vigentes. Dada la nueva amenaza inminente que enfrentan los pacientes en el “Federico Mora” debido a la presencia de casos COVID-19 en la institución, DRI y el Colectivo han solicitado a la CIDH que extienda las medidas cautelares y solicite al gobierno de Guatemala que tome medidas urgentes. Acciones para proteger la vida de esta población. La solicitud de prórroga de las medidas cautelares se adjunta a este informe.

 Antes de la crisis actual, los profesionales de salud mental que trabajan en Federico Mora han declarado que, según su propia evaluación, el 75% de los detenidos no tienen razones médicas o de salud mental para ser detenidos en el centro. Se colocan allí porque carecen de vivienda en la comunidad o en cualquier otro lugar al que ir. Los procedimientos para la detención de todos los detenidos carecen de las protecciones requeridas por el derecho internacional. La ley guatemalteca coloca a todos los detenidos bajo la tutela y control absoluto del director de la institución, creando un peligroso conflicto de intereses que niega el derecho de los detenidos a quejarse de los abusos. Estas detenciones eran, por lo tanto, innecesarias e ilegales antes de la crisis inmediata. Dadas las amenazas inmediatas para la salud y la vida de todos los detenidos, DRI pide el fin de la detención arbitraria y la provisión inmediata de vivienda y apoyo en la comunidad para los detenidos de Federico Mora.

Especialmente a la luz del Artículo 11 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), pedimos al Relator Especial que exija que el gobierno guatemalteco tome medidas inmediatas para garantizar la vida, la seguridad y la protección de los pacientes de “Federico Mora” en La actual crisis humanitaria que enfrentan el mundo, Guatemala y Federico Mora en particular debido a la pandemia de COVID-19.

Solicitamos respetuosamente al Relator que pida a Guatemala que proteja a los pacientes de Federico Mora de una mayor exposición al virus que ponga en peligro la vida, garantizando el aislamiento social y garantizando la prestación de atención médica y los servicios necesarios de apoyo para discapacitados. En consonancia con la recomendación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de que los gobiernos “den de alta y liberen a las personas con discapacidad de instituciones y garanticen rápidamente la prestación de apoyo en la comunidad”, solicitamos a la Comisión que solicite a Guatemala que transfiera a las personas detenidas en Federico Mora fuera de las instalaciones. Deben trasladarse a un entorno comunitario seguro y respaldado; estas medidas requerirán la provisión urgente de viviendas comunitarias con el apoyo y los servicios de salud necesarios en la comunidad para poder hacerlo; y la prevención de una mayor propagación del virus COVID-19 entre los pacientes de “Federico Mora”.

Agradecemos su ayuda y estamos disponibles para proporcionarle cualquier información o documentación adicional.

Respetuosamente,

LAS ORGANIZACIONES Y LOS INDIVIDUOS NO FIRMADOS APOYAN ESTA APELACIÓN URGENTE:

1.         Asociación Cuates

2.         Asociación de Ciegos para la Cultura y el Deporte – ACCD

3.         Asociación de Personas con Discapacidad Productivas – ASODISPRO

4.         Alianza Política Sector de Mujeres

5.         Asociación de Mujeres Trans en Acción – AMTA

6.         Asociación de Sordos de Guatemala – ASORGUA

7.         Asociación de Sordos de Suchitepéquez – ASORSUCHI

8.         Asociación de Padres y Familias de Personas con Discapacidad de San Lucas Tolimpán

– ASOPADIS

9.         Asociación en Pro de Niños con Trastorno de Crecimiento y Enfermedades Raras –

PROCRECE

10.       Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales en Guatemala – AVANCSO

11.       Asociación para el Desarrollo Legislativo y la Democracia – LEGIS

12.       Asociación Somos

13.       Asociación Vida

14.       Asociación VISIBLES

15.       Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos – CALDH

16.       Colectiva Actoras de Cambio

17.       Colectiva ArteSana

18.       Colectiva Mujeres Pintando el Mundo

19.       Colectivo por los derechos humanos de la diversidad sexual – CODHDISEX

20.       Comisión Internacional de Juristas – CIJ

21.       Comité Prociegos y Sordos de Guatemala

22.       Comunidad Sordos LGBTIQ

23.       Disability Action Guatemala

24.       Disability Rights Unit, Centre for Human Rights South Africa

25.       En-señas Guatemala

26.       European Network for Independent Living

27.       Fundación Guillermo Toriello

28.       Fundación para el Bienestar y el Desarrollo – FUNBIDE

29.       Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala – IECCPG

30.       Instituto Inter-Americano Sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo – IIDDI

31.       It gets Better Guatemala

32.       Movimiento Cívico por la Inclusión

33.       Mujeres con Capacidad de Soñar a Colores

34.       Mujeres con Valor Construyendo un Futuro Mejor – MUVACOFUM

35.       Mujeres Transformando el Mundo – MTM

36.       Organización de Niñez y Grupos Vulnerables – ODISOG

37.       Organización de Mujeres Trans – OTRANS

38.       Organización para la Diversidad Sexual, la Educación, la Cultura y las Artes – ODISEA

39.       Organización Rompiendo Límites Chiquimula

40.       Prensa Comunitaria

41.       Red de Organizaciones de Personas con Discapacidad de Centroamérica y El Caribe –

REDODICEC

42.       Red Latinoamericana de Organizaciones No Gubernamentales de Personas con Discapacidad y sus Familias – RIADIS

43.       Trickle-Up Guatemala

44.       U.S. International Council on Disabilities

45.       Validity

46.       Maria Alejanra Grotewold, Guatemala

47.       Hilda Morales, Guatemala

48.       Claudia Estrada, Guatemala

49.       Mirna Ramírez, Guatemala

LLAMAMIENTO URGENTE: Institucionalización potencialmente mortal debido a la infección por COVID 19 en el Hospital Nacional de Salud Mental “Federico Mora” en Guatemala

I. HECHOS QUE JUSTIFICAN LA SOLICITUD DE APELACIÓN URGENTE

A. ESPACIO RÁPIDO DE COVID-19 Y TASA DE ALTA MORTALIDAD EN INSTITUCIONES RESIDENCIALES

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el virus llamado COVID-19 es una enfermedad infecciosa que “causa infecciones respiratorias que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como el Síndrome Respiratorio del Medio Oriente (MERS) y el Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SRAS)[2]

La OMS ha señalado que” [p] las personas con discapacidad pueden estar en mayor riesgo de contraer COVID- 19.”[3]

Las personas con discapacidad detenidas en instituciones residenciales tienen un riesgo aún mayor de contraer el virus. En este sentido, la relatora especial de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, Catalina Devandas, ha declarado que:

“La situación de las personas con discapacidad que se encuentran en instituciones, centros psiquiátricos y cárceles es particularmente grave, debido al riesgo de contaminación y la ausencia de supervisión externa, una situación que se ve agravada por el uso de estados de emergencia debido a la salud crisis.”[4]

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su Comunicado de prensa 71/20, señaló que las personas con discapacidad privadas de libertad en hospitales psiquiátricos “enfrentan una situación de riesgo especial de contagio por COVID-19”[5]. La Comisión hizo hincapié en que:

“Con base en la información documentada a través de sus diversos mecanismos de monitoreo, la Comisión ha observado que estos centros de privación de libertad se caracterizarían por hacinamiento, falta de higiene adecuada, atención médica negligente y alimentación inadecuada. A este respecto, la Comisión recuerda que los Estados tienen el deber especial de proteger a las personas con discapacidad que están privadas de libertad”[6].

La información disponible sobre la propagación de COVID-19 confirma que las personas en instituciones residenciales, y particularmente las personas con discapacidad institucionalizadas, tienen un mayor riesgo de contraer el virus y morir. En los Estados Unidos, el país con el mayor número de casos confirmados en la región y el mundo, se ha confirmado que las personas con discapacidad en las instituciones residenciales tienen una tasa de mortalidad mucho más alta que la población general. Un estudio reciente encontró que “los residentes de hogares grupales e instalaciones similares en la ciudad de Nueva York y sus alrededores tenían 5,34 veces más probabilidades que la población general de desarrollar Covid-19 y 4,86 ​​veces más probabilidades de morir a causa de él”[7].

El simple hecho de vivir en un entorno congregado pone a cualquiera en riesgo. En Europa, un estudio realizado por la Red Internacional de Políticas de Atención a Largo Plazo (ILPN) y el Centro de Evaluación y Política de Atención (CPEC) en la London School of Economics, and Political Science (LSE)[8] descubrió que aproximadamente la mitad de las muertes ocurridas en la Unión Europea por el coronavirus ocurrieron en el contexto de instituciones residenciales. Según este estudio, “[s] los datos instantáneos de diversas fuentes oficiales muestran que en Italia, España, Francia, Irlanda y Bélgica entre El 42% y el 57% de las muertes por el virus han estado ocurriendo en hogares [residenciales]”[9]. En Francia, el porcentaje de muertes entre los residentes de hogares de ancianos ha oscilado entre el 39,2% y el 49,4%. En Bélgica, a partir del 16 de abril, COVID-19 había asesinado a 4.857 personas, de las cuales

El 69,3% había fallecido por COVID-19 en residencias. En el caso de España, se descubrió que las infecciones por COVID-19 “afectan a todas las residencias de atención para personas mayores, pero también a otros grupos institucionalizados con alguna discapacidad”[10].

En los EE. UU., “El número de personas que viven o se han conectado a hogares de ancianos que han muerto por el coronavirus es de al menos 7,000, mucho más de lo que se sabía anteriormente”[11].

B. RIESGO INMINENTE DE MUERTE QUE PACIENTES EN LA CARA FEDERICO MORA

Todos los pacientes en el “Federico Mora” tienen un riesgo inminente de contraer COVID-19 debido a las características inherentes de la institucionalización mencionadas en la sección anterior. Se ha descubierto que los hospitales psiquiátricos en particular son “incubadoras potenciales para el virus”[12].

Un miembro del personal de “Federico Mora” le dijo a DRI que está “preocupado por el nivel de riesgo que corren el personal y los pacientes”[13].

El “Federico Mora” es el único hospital psiquiátrico público en Guatemala. El hospital emplea a alrededor de 450 personas, incluidos personal operativo, administrativo, médico y de enfermería. Hay 321 pacientes detenidos en la institución que están separados en seis salas en función de su sexo, edad y perfil clínico[14].

La CIDH ha observado que al menos el 75% de los pacientes no necesitan estar en el hospital por razones médicas, pero permanecen allí porque no tienen otro lugar adonde ir.[15]

DRI es consciente de que al menos dos personas que trabajan en el “Federico Mora” han dado positivo por COVID-19, y que al menos cuatro enfermeras y 47 pacientes están en cuarentena[16].Todos los pacientes en el Federico Mora tienen un riesgo inminente de contraer COVID-19 y morir debido a las condiciones insalubres que persisten en el hospital; la ausencia de un tratamiento médico adecuado para hacer frente a la crisis de salud; la falta de servicios comunitarios para cuidar pacientes en un entorno comunitario en igualdad de condiciones con los demás; y la inacción de las autoridades de salud ante la crisis, a pesar de que el Estado tiene “una mayor responsabilidad hacia esta población debido a la discriminación estructural que experimentan”[17].

Dadas las experiencias en otros países, es posible que, si no se toman las medidas necesarias, un gran número de pacientes detenidos en el “Federico Mora” morirán en las próximas semanas.

1. Persisten condiciones inadecuadas y antihigiénicas en el Federico Mora

La CIDH ha pedido a los Estados que “adapten las condiciones de detención de las personas privadas de libertad, particularmente en relación con las medidas de alimentos, salud, saneamiento y cuarentena para prevenir el contagio intramural de COVID-19, garantizando en particular que todas las unidades tengan atención médica”[18]. Sin embargo, desde 2012, DRI ha encontrado condiciones inhumanas y degradantes en el “Federico Mora”, como hacinamiento, condiciones de falta de higiene, falta de atención médica y alimentos inadecuados. Todos estos factores persisten hasta la fecha en la institución y agravan los riesgos de contraer COVID-19[19].

La propagación de enfermedades infecciosas dentro del “Federico Mora” es un tema sobre el que DRI ya había advertido en 2012, cuando DRI solicitó medidas cautelares a la CIDH, que se otorgaron en noviembre de 2012. En esta petición, DRI se refirió al elevado número de muertes en la institución debido a infecciones contagiosas, principalmente diarrea y neumonía. DRI también advirtió sobre negligencia y falta de atención médica que se reflejó en a) la falta de separación entre pacientes con enfermedades infecciosas y el resto de la población, dejando a estos últimos en un riesgo innecesario de contraer estas enfermedades, yb) una gran cantidad de pacientes con ropa sucia cubierta con su propia orina o heces. Con respecto a la presencia de heces en el hospital, la OMS ha indicado que no ha habido informes de transmisión fecal-oral de COVID-19. Sin embargo, “las investigaciones iniciales sugieren que el virus puede estar presente en las heces en algunos casos”[20].

En 2017, en el informe “La situación de los derechos humanos en Guatemala”, la CIDH reiteró que la situación imperante en el “Federico Mora” “refleja la falta de protección de las personas con discapacidad en Guatemala”[21] y mencionó las condiciones insalubres e insalubres que prevalecen en la institución, “fomentando enfermedades infecciosas y representando una amenaza inmediata para la salud y la vida de los pacientes” [22] (énfasis agregado).

En los últimos años, DRI ha descubierto que las condiciones en el “Federico Mora” han cambiado muy poco. Las principales recomendaciones para prevenir la propagación del virus COVID-19 son el lavado constante de manos y superficies. Sin embargo, en febrero de 2020, el equipo de investigación de DRI visitó el “Federico Mora” y descubrió que prevalecen muchas de las condiciones insalubres. DRI observó pacientes descalzos dentro y fuera de las salas, con ropa sucia e inadecuada, también había personas que desayunaban en el piso. DRI visitó muy temprano en la mañana y señaló que las personas no usaban suéteres ni nada para cubrirse, lo que también puede provocar enfermedades respiratorias. DRI observó a dos pacientes defecando en los patios del Hospital. Vimos montones de ropa en las esquinas de las salas. DRI enviará en breve un informe de hallazgos de nuestra visita de febrero de 2020 con el respaldo de la documentación en video.

Además, como resultado de la crisis de salud que enfrenta el hospital, y aunque se han confirmado casos de COVID-19 en el “Federico Mora”[23]

“Según los trabajadores, no reciben guantes ni tienen ninguna otra medida de protección”. [24] “No tenemos máscaras N-95, no tenemos lentes adecuados, lo que llevamos lo compramos de nuestro bolsillo”, dijo uno de las enfermeras.[25] Según el Defensor del Pueblo guatemalteco para personas con discapacidad, “en este momento no existe un protocolo específico para las personas con discapacidades [psico] sociales, privadas de libertad, así como para los niños que están bajo la protección del Estado. “[26]

2. Falta total de tratamiento médico y acciones para contener la crisis de salud que enfrenta el hospital

DRI ha recibido información sobre la falta total de tratamiento médico en el “Federico Mora” a pesar de la crisis de salud que enfrenta. Las respuestas que el hospital ha tomado para abordar la situación han puesto a más pacientes en riesgo e incluyen aislar al personal infectado con COVID-19 con pacientes sin síntomas. Actualmente, la sala A aguda para hombres está aislada del resto porque dos enfermeras en esta sala contrajeron COVID-19. Según fuentes internas del hospital:

“Hay una sala en cuarentena, la sala intensiva B (sic), con 60 pacientes, una enfermera graduada, dos asistentes y un limpiador. Estaban encerrados en condiciones de hacinamiento y sin médico; El personal infectado con COVID-19 está aislado y atiende a unos 60 pacientes psiquiátricos. No fueron transferidos a otra unidad; […] Deberían haber sido evacuados. Aparentemente, están tratando [la información] como confidencial ”.[27]

Los pacientes que han sido aislados con el personal que ha contraído COVID-19 tienen un riesgo inmediato de contraer el virus y morir dado que están superpoblados y sin un tratamiento médico adecuado. El 24 de abril, un congresista anunció que “51 personas del Hospital de Salud Mental Federico Mora se hicieron la prueba para detectar el coronavirus COVID-19” .28[28] Estas personas son presumiblemente los pacientes y el personal aislados en la Sala aguda A. Sin embargo, fuentes en el hospital afirman que “el director no tiene ningún plan para llevar a cabo ninguna medida para tratar los casos confirmados de COVID-19 [una vez que se confirman]”. [29]

El resto de los pacientes en el “Federico Mora” también están en riesgo de contraer el virus. A pesar de que los pacientes en la sala aguda A están teóricamente aislados, el “Federico Mora” no tiene la capacidad de aislar por completo a una sala del resto de la población. DRI recibió informes de que el personal fue enviado a sus hogares por haber tenido contacto con las enfermeras infectadas con COVID-19. Este personal es de todas las demás áreas del hospital, incluido un trabajador social, y tuvieron contacto con el resto de los pacientes del hospital después de haber tenido contacto con las enfermeras infectadas.[30]

El hospital también enfrenta una crisis debido a la falta de personal. Como se ha informado reiteradamente a la CIDH, ya faltaba personal en el hospital para atender adecuadamente a los pacientes que viven en condiciones de hacinamiento. En su visita al hospital en febrero de 2020, el equipo de investigación de DRI observó que el número de pacientes en las salas variaba de 29 personas en la sala geriátrica a 59 personas en una de las salas agudas de los hombres. DRI también observó que en cada una de las salas había solo de dos a cuatro empleados “atendiendo” a todos los pacientes. El personal del hospital le dijo repetidamente a DRI sobre la necesidad de tener más personal médico, “ya que los números actuales no eran suficientes para atender a todos los pacientes”.[31]

Fuentes del interior del hospital le dijeron a DRI que 25 miembros del personal fueron puestos en cuarentena y enviados a casa. Este número puede aumentar rápidamente, dejando a los pacientes sin personal para atender sus necesidades más básicas. Las fuentes le han dicho a DRI que ya están experimentando una falta de personal en el “Federico Mora”, lo que puede conducir a prácticas más negligentes y más abusos[32].

3. Nuevas transferencias al Federico Mora de personas infectadas con COVID-19

Otra preocupación importante que surgió como resultado de la pandemia de COVID-19 es la transferencia inminente de nuevos pacientes al “Federico Mora”. El personal de Federico Mora ha expresado su profunda preocupación porque “el Ministerio de Salud [transferirá] cuatro pacientes con problemas psiquiátricos con COVID-19 a ese hospital, ya que no tienen los recursos para atenderlos. Estos cuatro casos son migrantes deportados [de EE. UU.] Que se encuentran en el refugio que se estableció en el centro deportivo en la zona 13, Ramiro de León Carpio”. [33] El personal también teme” el traslado de prisioneros con afecciones psiquiátricas, que pueden ser portadores del nuevo coronavirus”.[34]

4. Falla en proveer servicios comunitarios para atender a los pacientes de Federico Mora

En medio de la pandemia, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha determinado que, en el caso de las personas con discapacidad que viven en instituciones, la primera acción que los Estados deben llevar a cabo es “[d] dar de alta y liberar a las personas con discapacidad de instituciones y garantizar rápidamente la prestación de apoyo en la comunidad a través de redes familiares y / o informales, y financiar servicios de apoyo por parte de proveedores de servicios públicos o privados “. [35]

En su comunicado de prensa 71/20, la CIDH estableció que:

“Con respecto a las personas con discapacidad detenidas en instituciones psiquiátricas y centros de asistencia social, los Estados deben intensificar los esfuerzos para desarrollar la creación y el establecimiento de servicios comunitarios que satisfagan las necesidades de los pacientes en la comunidad, y con ello, evitar la institucionalización de estas personas”. [36]

Específicamente, en el caso del “Federico Mora” en Guatemala, la CIDH observó que, para garantizar plenamente la vida e integridad de los pacientes detenidos en esta institución, las medidas que el Estado adopte deben estar dirigidas a crear servicios en la comunidad:

“La CIDH acoge con beneplácito las acciones destinadas a mejorar las condiciones de vida de los pacientes del Hospital Federico Mora; sin embargo, no encuentra que estas condiciones sean adecuadas para proteger sus vidas e integridad. En particular, la CIDH lamenta que las medidas adoptadas no se hayan centrado en la creación de servicios comunitarios y que, a pesar del notable aumento del presupuesto hospitalario, estos recursos no se hayan utilizado para crear alternativas en la comunidad. [37]

La CIDH enfatizó que “[esta] situación es particularmente preocupante considerando que la mayoría de ellos continúan viviendo en la institución porque no hay apoyo disponible para ellos en la comunidad”. [38] En su informe, la CIDH señaló que “según la evaluación realizada en 2013 por personal psiquiátrico y médico independiente del propio hospital, aproximadamente el 75% de los pacientes […], no necesitaban permanecer en las instituciones” por razones psiquiátricas “, Y podría integrarse” fácilmente “en la comunidad, si hubiera servicios ambulatorios disponibles para ellos” .[39] Estos servicios ambulatorios consisten en apoyos básicos que incluyen alojamiento, alimentación y tratamiento médico.

Por lo tanto, la Comisión recomendó que el Estado “garantice la vida comunitaria para estas personas, mediante la creación y el establecimiento de servicios comunitarios. Para este fin, la Comisión insta al Estado a adoptar, entre otras, las siguientes medidas: a) definir rápidamente una estrategia para la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, con un cronograma, recursos suficientes y medidas de evaluación específicas”[40].

Casi tres años después de que la CIDH determinara que el Estado debe crear servicios en la comunidad para que las personas institucionalizadas puedan reintegrarse a la comunidad, el Estado no ha tomado las medidas necesarias. El resultado es que, durante esta crisis de salud, hay cientos de personas detenidas por el simple hecho de tener una discapacidad y no tener a dónde ir debido a la falta de alternativas en la comunidad. Este hecho, que en sí mismo es una violación de sus derechos humanos y pone en riesgo su integridad, en este momento también representa un riesgo mortal. Al ser detenido con pacientes y personal que han contraído COVID-19, toda la población de Federico Mora está en riesgo de contraer este virus y morir.

No es suficiente que el Estado aísle a los pacientes y al personal infectado. Para proteger la vida de las personas detenidas en el Federico Mora, el Estado debe establecer “servicios comunitarios que satisfagan las necesidades de los pacientes en la comunidad” [41] y garantizar que las personas que se encuentran detenidas en el “Federico Mora” tengan acceso inmediato a estos servicios, incluida la atención médica, fuera de la institución. En este sentido, las organizaciones de expertos en discapacidad y problemas de salud mental han recomendado que para hacer frente a la pandemia y “para facilitar una disminución de la población de pacientes psiquiátricos hospitalizados, el gobierno federal, los estados y las localidades deberían aumentar su apoyo a los proveedores comunitarios de pacientes ambulatorios”. Tratamiento de salud mental”. [42]

5. Negación de la capacidad legal de los pacientes de “Federico Mora”

El artículo 308 del Código Civil establece que el Director de los centros de asistencia social es automáticamente considerado como el tutor de todas las personas bajo su custodia, desde el momento de su admisión. En otras palabras, su tutela se ejerce ipso facto sin la necesidad de un discernimiento judicial previo. Esta discriminación de jure implica la pérdida del derecho a la capacidad legal para todas las personas que son detenidas arbitrariamente en centros psiquiátricos como el “Federico Mora”.

Los pacientes son detenidos en el “Federico Mora” por una variedad de razones, incluida la colocación bajo las llamadas “medidas de seguridad”; abandono por parte de sus familias y por vivir en la calle y en la pobreza. Los pacientes pierden automáticamente el ejercicio de su capacidad legal, que será ejercida por el Director desde el momento en que ingresan al “Federico Mora”, independientemente del motivo de su admisión. Esta pérdida de capacidad legal implica la muerte civil de los pacientes, por lo que es un tercero quien gobierna los aspectos más fundamentales de sus vidas, incluso si se les permite abandonar la institución.

6. Inacción por parte de las autoridades para enfrentar la crisis de salud de “Federico Mora”

A pesar de la crisis de salud en el Federico Mora, las autoridades sanitarias han ignorado en gran medida abordarlo públicamente. Según la prensa guatemalteca, un día después de que las infecciones fueron alertadas en el hospital, “el Ministerio de Salud, que manejó el secreto total durante la emergencia de salud, no hizo ningún comentario sobre el caso. Tampoco el presidente Alejandro Giammattei en su habitual dirigirse a la nación en la televisión nacional. ”[43] El personal que alertó a DRI y a la prensa sobre los casos lo hizo de forma anónima, por temor a represalias. Un día después de que se confirmaron los casos, las fuentes dentro del hospital indicaron su preocupación “porque no recibieron información de las autoridades del hospital para confirmar la situación. Tampoco se les dijo cómo se manejaría la crisis”[44].

El Defensor del Pueblo para Personas con Discapacidad, Jónatan Natareno, dijo a la prensa guatemalteca que la indiferencia de las autoridades hacia esta población es lamentable. “La pandemia de COVID-19 es muy preocupante dado que, efectivamente, las personas con discapacidad han sido confinadas a la exclusión estructural y la discriminación”.[45] El Defensor del Pueblo agregó que “hasta ahora no hay un protocolo específico para las personas con [psicopatía”.] discapacidades sociales, privadas de libertad, así como niños que están bajo la protección del Estado”.[46] Sin embargo, según la información proporcionada a los peticionarios, la PDH es la única autoridad que está monitoreando la situación del” Federico Mora “, al Defensor del Pueblo para Personas con Discapacidades se le ha negado el acceso al hospital y solo está en contacto con el director por teléfono.

Después de que la noticia saliera de las personas en el Federico Mora con un resultado positivo para COVID-19, el Consejo Nacional para Discapacidades (CONADI) expresó su preocupación por la falta de “protección integral para las personas con discapacidad porque la institucionalización persiste” [47] y pidió ” la implementación de un proceso de desinstitucionalización y promoción de la vida comunitaria en contextos inclusivos para adultos con discapacidad”. [48]

En una carta dirigida al Ministro de Salud, el 29 de abril, DRI instó al Estado guatemalteco a garantizar el derecho a la vida de la población detenida en el “Federico Mora” y garantizar su derecho a recibir atención médica en un entorno comunitario. A pesar de estas llamadas, el Estado de Guatemala no ha llevado a cabo las medidas necesarias para prevenir la propagación de COVID-19 y la muerte de las personas detenidas en el hospital.

IV. SOLICITUDES DE APELACIÓN

Se debe pedir al gobierno guatemalteco que cumpla con sus obligaciones de derechos humanos en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. Es imperativo que se tomen medidas urgentes para garantizar la seguridad de estas personas y otras personas mencionadas en instituciones en Guatemala, y que se desarrollen servicios comunitarios para promover el bienestar inmediato y a largo plazo y los derechos humanos de las personas con discapacidad en Guatemala.

Por las razones que se describen a continuación, solicitamos respetuosamente que el Relator revise esta situación bajo el procedimiento de Apelación Urgente e insta al gobierno guatemalteco a:

1. No encierre involuntariamente a nadie en Federico Mora. Cualquier persona que no esté cometida penalmente y que desee abandonar la instalación debe poder hacerlo.

2. A toda persona que abandone el centro se le debe proporcionar de inmediato un lugar para vivir en la comunidad donde estará segura y recibirá el apoyo vital básico que necesita para cuidarse. Las personas deben recibir alimentos, atención médica y servicios de asistencia personal en el hogar necesarios para vivir de manera independiente.

3. Cree un plan de emergencia para crear servicios de apoyo para toda la población de pacientes de Federico Mora para que puedan vivir de manera segura e independiente en la comunidad.

4. Garantizar el acceso inmediato a la atención médica. Esto debe incluir el aislamiento social, las pruebas de pacientes y personal, la cuarentena efectiva, la remoción de los residentes o el personal que dio positivo a COVID-19, y tener pleno acceso a los servicios médicos necesarios en un entorno comunitario.

5. Proporcionar información accesible sobre seguridad, acceso a atención médica y apoyo de defensa en la comunidad. El apoyo individual y la defensa para obtener protección, atención y servicios de apoyo también es esencial. La Relatora Especial de la ONU sobre Discapacidad, Catalina Devandas, afirma que:

“[P] las campañas de asesoramiento público y la información de las autoridades sanitarias nacionales deben ponerse a disposición del público en lenguaje de señas y medios, modos y formatos accesibles, incluida tecnología digital accesible, subtítulos, servicios de retransmisión, mensajes de texto, de fácil lectura y lenguaje simple.”

6. Incluya a los peticionarios, las personas con discapacidad y las organizaciones que representan en todos los aspectos de la planificación e implementación de protección de emergencia, atención médica y programas de apoyo.

7. Promover los medios de defensa. Garantizar la supervisión independiente inmediata de la situación en el hospital. La observación cara a cara por parte de autoridades independientes debería, en la medida de lo posible, complementarse con medios como cámaras de video, buzón de quejas, teléfonos y mecanismos de quejas en línea.


[1] Diario La Hora. Disponible en Twitter: https://twitter.com/lahoragt/status/1253053492517879809.

[2] WHO, “

Preguntas y respuestas sobre coronavirus (COVID-19)”. Disponible en: https://www.who.int/news-room/q-a-detail/q-a-coronaviruses.

[3] OMS, “Consideraciones sobre discapacidad durante el brote de COVID-19”, pág. 1. Disponible en:https://www.who.int/who-documents-detail/disability-considerations-during-the-covid-19-outbreak.

[4] Noticias de la ONU, “Las personas con discapacidad, en riesgo por el coronavirus”. Disponible en:https://news.un.org/es/story/2020/03/1471282.

[5] ACHR, “En el contexto de la pandemia COVID-19, la CIDH llama a los Estados a garantizar los derechos de las personas con discapacidad”. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/071.asp. Ver también, IACHR, Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, p. 7. Disponible en:http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf.

[6] IACHR, supra nota 5.

[7] Danny Hakim, “” Golpeó nuestra puerta principal “: hogares para discapacitados ven una oleada de Covid-19”. Los New York Times (8 de abril de 2020). Disponible en: https://www.nytimes.com/2020/04/08/nyregion/coronavirus-disabilities-group-homes.html?referringSource=articleShare.

[8] LTC, “Mortalidad asociada con brotes de COVID-19 en hogares de ancianos: evidencia internacional temprana”. Disponible en: https://ltccovid.org/2020/04/12/mortality-associated-with-covid-19-outbreaks-in-care-homes-early-international-evidence/?subscribe=success#blog_subscription-3.

[9] The Guardian, “La mitad de las muertes por coronavirus ocurren en hogares de ancianos, según datos de la UE”. El guardián. Disponible en: https://www.theguardian.com/world/2020/apr/13/half-of-coronavirus-deaths-happen-in-care-homes-data-from-eu-suggests.

[10] Oriol Güell, “Residencias y hospitales concentran los nuevos contagios por coronavirus”. El País (11 de abril de 2020). Disponible en: https://elpais.com/sociedad/2020-04-10/residencias-de-mayores-y-hospitales-acaparan-la-mayoria-de-nuevos-contagios-del-coronavirus.html.: https://elpais.com/sociedad/2020-04-10/residencias-de-mayores-y-hospitales-acaparan-la-mayoria-de-nuevos-contagios-del-coronavirus.html.

[11] Farah Stockman y otros, “They are are Death Pits”: Reclamos de virus al menos 7,000 vidas en hogares de ancianos de EE. UU. “.  The New York Times (17 de abril de 2020). Disponible en: https://www.nytimes.com/2020/04/17/us/coronavirus-nursing-homes.html.

[12] El juez David L. Bazelon Center for Mental Health Law, “Durante la pandemia, los estados y las localidades deben disminuir el número de personas en los hospitales psiquiátricos, reduciendo los ingresos y acelerando los egresos”.

Available at: http://www.bazelon.org/wp-content/uploads/2020/04/4-15-20-BC-psych-hospitals-statement-FINAL.pdf.

[13] Quimy de León, “En peligro pacientes y trabajadores del Hospital de Salud Mental “Carlos Federico Mora”.

Medium (Abril 23, 2020). Disponible en: https://medium.com/@PrensaComunitar/en-peligro-pacientes-y-trabajadores-del-hospital-de-salud-mental-carlos-federico-mora-f06d5925715e.

[14] Pía Flores, “Casos positivos en el San Juan de Dios y el Federico Mora: el miedo del personal al COVID-19 (y a cuestionar a sus jefes)”. Nómada GT (Abril 23, 2020). Disponible en: https://nomada.gt/pais/actualidad/casos-positivos-en-el-san-juan-de-dios-y-el-federico-mora-el-miedo-de-los-doctores-al-covid-19-y-a-cuestionar-a-sus-jefes/.

[15] CIDH, “Situación de los derechos humanos en Guatemala” (2017), párr. 468. Disponible en: https://www.oas.org/en/iachr/reports/pdfs/Guatemala2017-en.pdf.

[16] Diario La Hora. Supra note 1.

[17] ONU, “COVID-19: ¿Quién protege a las personas con discapacidad? – Experto en derechos de la ONU ”. Disponible en:https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25725&LangID=S.

[18] CIDH, nota supra 5, para. 47.

[19] CIDH, nota supra 5.

[20] OMS, supra nota 2.

[21] CIDH, nota supra 15.

[22] Ibidem.

[23] PDH, “VERIFICAN ESTRATEGIAS INSTITUCIONALES PARA EVITAR CONTAGIOS DE COVID 19 EN HOSPITAL FEDERICO MORA”. Disponible en: https://www.pdh.org.gt/verifican-estrategias-institucionales-para-evitar-contagios-de-covid-19-en-hospital-federico-mora/ y PDH, “VERIFICAN PROTOCOLO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN EN HOSPITAL DE SALUD MENTAL FEDERICO MORA ”. Disponible en: https://www.pdh.org.gt/verifican-protocolo-de-seguridad-y-prevencion-en-hospital-de-salud-mental-federico-mora/

[24] Quimy de León, supra nota 13.

[25] Lucero Sapalú, “Ministerio de Salud sin pronunciarse sobre supuesto incidente en el hospital del Parque La Industria”. El Periódico (April 24, 2020). Disponible en: https://elperiodico.com.gt/nacion/2020/04/24/ministerio-de-salud-sin-pronunciarse-sobre-supuesto-incidente-en-el-hospital-del-parque-la-industria2/.

[26] Quimy de León, supra nota 13.

[27] Testimonio del personal del hospital proporcionado a DRI el 22 de abril de 2020. Véase también Quimy de León,  nota supra 13.

[28] Hedy Quino Tzoc, “Les realizan prueba por COVID-19 a 51 personas en el Federico Mora”. La hora (24 de abril de 2020). Disponible en: https://lahora.gt/les-realizan-prueba-por-covid-19-a-51-personas-en-el-federico-mora/.

[29] Entrevista con Silvia Quan, abril de 2020.

[30] Quimy de León, supra nota 13.

[31] Entrevista con una enfermera del Federico Mora, febrero de 2020.

[32] Entrevista con Silvia Quan, abril de 2020.

[33] Hedy Quino Tzoc, supra nota 28.

[34] Ibidem.

[35] ONU, “COVID-19 Y LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: ORIENTACIÓN”, pág. 3. Disponible en:https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Disability/COVID-19_and_The_Rights_of_Persons_with_Disabilities.pdf.

[36] CIDH, supra nota 5.

[37] CIDH, supra nota. 468.

[38]

“La CIDH señala que, según la evaluación realizada en 2013 por personal psiquiátrico y médico independiente del propio hospital, aproximadamente el 75% de los pacientes (sin incluir a aquellos en conflicto con la ley), no necesitaban permanecer en las instituciones” por razones psiquiátricas “, y podría” fácilmente “integrarse en la comunidad, si hubiera servicios ambulatorios disponibles para ellos”. CIDH, supra nota 15, párrafo. 469.

[39] CIDH, supra nota 15, para. 468

[40] Ibidem

[41] CIDH, supra nota 5.

[42] Juez David L. Bazelon Center for Mental Health Law, supra nota 12. Véase también, International Disability Alliance, “Hacia una respuesta COVID19 con discapacidad incluida: 10 recomendaciones de la International Disability Alliance”. Disponible en:http://www.internationaldisabilityalliance.org/sites/default/files/ida_recommendations_for_disability-inclusive_covid19_response_final.pdf.

[43] Pía Flores, supra note 14.

[44] Pía Flores, supra note 14. Ver además  Quimy de León, supra note 13.

[45] Pía Flores, supra nota 14.

[46] Quimy de León, supra nota 13.

[47] CONADI, “Comunicado 16-2020”. Disponible en: http://conadi.gob.gt/web/2020/04/24/comunicado-16-2020/.

[48] CONADI, “Comunicado 16-2020”. Disponible en: http://conadi.gob.gt/web/2020/04/24/comunicado-16-2020/.

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