Alcalde señalado de corrupción se apropia del espacio que ocupa la Alcaldía Indígena Ixil de Nebaj

COMPARTE

Créditos: Alcaldía Indígena del Pueblo Ixil.
Tiempo de lectura: 2 minutos

 

LOS B’OQ’OL Q’ESAL TENAM NAAB’A’

AL PUEBLO MAYA IXIL Y A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL 

COMUNICAMOS 

  1. Tenemos información sobre la decisión arbitraria e ilegal del señor Alcalde Municipal Virgilio Gerónimo Bernal Guzmán; Síndico Primero Francisco Brito Ceto; Síndico Segundo Felipe Santiago Marcos; Concejal Primero Gaspar Santiago Santiago y Concejal Segundo María Cedillo Corio, y el Concejal Suplente Primero, señor Eligio Felipe Gallego Chel; de ordenar a la Policía Municipal y Policía Municipal de Tránsito para el desalojo violento de la oficina de la Alcaldía Indígena Maya Ixil de Nebaj, El Quiché; como parte de las represalias en contra de la Alcaldía Indígena por haber obtenido el retiro de la inmunidad del señor Alcalde Municipal y por haber sido favorecida con Amparo Provisional proferido por la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones de Quiché, por varias violaciones de derechos del pueblo maya ixil de Nebaj.
  1. Responsabilizamos a las personas antes mencionadas por la violencia y la confrontación que se pueda generar a partir de estos actos ilegales en contra de la vida y la integridad física de los alcaldes y alcaldesas de la Alcaldía Indígena; así como, cualquier persona que resulte afectada su la actuación ilegal.
  1. También nos preocupa la integridad de la documentación y las varas de la autoridad indígenas tanto las que están en servicio, como las que están en descanso que se encuentran en la Alcaldía Indígena que son propiedad y patrimonio del pueblo maya ixil; pues el señor Virgilio Gerónimo Bernal Guzmán tiene la costumbre de apropiarse de documentos del pueblo como lo hizo en su anterior gestión municipal cuando se apropió de los títulos del pueblos de Nebaj y de varas edilicias que son patrimonio del pueblo maya.
  1. Le recordamos a la Policía Municipal de Tránsito y a la Policía Municipal, que el artículo 156 de la Constitución Política de la República establece que ningún funcionario o empleado público, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito; razón por la cual, le exigimos cumplir la función que tienen legalmente y no prestarse a cumplir órdenes.
  1. Pedimos a la población estar atentos a las acciones que las personas mencionadas realicen en contra de la Alcaldía Indígena y los derechos del pueblo maya ixil de Nebaj, Quiché.

 

Nebaj, 31 de agosto del año 2022

Alcaldías Indígenas de la Región Ixil. Chajul, Cotzal y Nebaj. | alcaldíasregionixil@gmail.com

COMPARTE