Créditos: Congreso de Republica.
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Tras aprobarse la Ley sobre Ciberdelincuencia, organizaciones de periodistas y de derechos humanos manifestaron que plantea un régimen de censura a los medios de comunicación, mientras que diputados en el Congreso objetan la ley en el que denuncian la represión a la prensa y a la oposición; en la Corte de Constitucionalidad se ha promovido un amparo, por lo que el 17 de agosto, en el pleno del Congreso se conocerán las objeciones. 

Por Simón Antonio Ramón

El decreto 39-2022 Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia aún no llega a la presidencia para ser firmado por Alejandro Giammattei para que cobre vigencia o sea vetado; en el Legislativo un grupo de diputados presentó un recurso de oposición contra la ley para que se discuta en el pleno, porque argumentan, que su contenido viola artículos de la Constitución.

Las y los diputados presentaron un recurso de oposición que debe ser conocido en el pleno. La Constitución establece que el Congreso tiene diez días para enviar el proyecto a la presidencia para que la sancione o la vete en un plazo de 15 días. Mientras desde los gremios de periodistas, argumentan que la nueva ley amenaza el trabajo de las y los periodistas y el derecho de la población a ser informada.

El régimen de censura de ley

El decreto 39-2022 supone perseguir delitos a partir del uso de dispositivos móviles e informáticos que afecten información confidencial, el honor y dignidad de las personas, pero no contempla que, al hacerlo, viola derechos garantizados por la Constitución, como el acceso a la información, la libertad de expresión y la transparencia de la función pública.

La ley establecería un régimen de censura a medios de comunicación que investiguen actos de corrupción en los que estarían involucrados funcionarios públicos, por lo que él o la funcionaria que resulte mencionado en la publicación, podría alegar que su honor está siendo afectado, acorde a lo que establece la ley.

De ser eso el caso, las sanciones podrían alcanzar a los medios de comunicación como personas jurídicas, a sus directores y accionistas. Además, la ley establece sanciones a periodistas y trabajadores de medios de comunicación que realicen publicaciones con base a información filtrada que revele actos de corrupción: como la inhabilitación de ejercicio profesional y el decomiso de equipos de cobertura, edición y publicación de un medio de comunicación que, a criterio de un fiscal o juez, considere conveniente.

Aunque en los artículos 9 y 19 de la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, se excluyen casos de libertad de expresión reconocidos por la Constitución y convenios internacionales de derechos humanos, no precisa la clasificación de casos que ameritan su exclusión en las sanciones establecidas.

Analistas y organizaciones gremiales encuentran una ambigüedad y abusos en algunos puntos del contenido de la ley.

El abogado Carlos Guzmán dijo a Prensa Comunitaria que la ley tiene ambigüedades y contradicciones desde la definición de beneficiarios de la ciberseguridad y la ciberdefensa, en el que plantea excepciones sin precisión, garantizando impunidad a ciertos actores. “Hace la salvedad que las responsabilidades penales generadas por los delitos tipificados no serán aplicables a los proveedores de servicios de internet, básicamente indica que las falencias de seguridad o los acuerdos espurios para el robo de data o comisión de delitos donde hubo anuencia de las empresas proveedoras del servicio de internet serán impunes”, analizó el abogado.

Foto: Simón Antonio. El futuro del decreto 39-2022 dependerá de la sesión del Congreso el 17 de agosto.

El abogado indicó que en las ambigüedades de la ley, el Ministerio Público (MP) puede tener la potestad de emitir sanciones. “Al declarar que los delitos creados son de acción pública indican que es obligación del Estado prevenir y sancionar ¿El MP tendría la potestad de prevenir y sancionar? dichas acciones, generando un escenario inquisidor”, afirmó Guzmán.

La ley busca específicamente defender la integridad estatal y no de las personas, explicó Guzmán y, además consideró que las multas impuestas, de entre 20, 40, 100, 200 salarios mínimos, sobrepasa los límites establecidos por el Código Penal, que son de cinco a cien quetzales diarios.

Desde la promulgación de la ley, varios sectores han presentado acciones y manifiestos en contra de la ley, para que no entre en vigencia. En el Congreso, el Grupo Parlamentario de Oposición presentó objeciones el pasado 12 de agosto para que archive la ley y no llegue a manos de Alejandro Giammattei para que firme su vigencia o veto.

A criterio del diputado Carlos Barreda no se puede aprovechar una situación como la ciberdelincuencia para reprimir a la oposición política y a medios de comunicación. “Quieren aprovechar esta ley que tiene multas, años de cárcel, secuestros de equipos periodísticos y por ello, es necesario archivarla”, señaló el diputado.

En un comunicado en conjunto entre la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), la Cámara Guatemalteca de Periodismo (CGP), la Asociación de Cronista de Guatemala (ACG), la Cámara de Locutores Profesionales de Guatemala, Cronistas Deportivos Guatemaltecos y la Asociación de Mujeres Periodistas y Escritoras de Guatemala, pidieron a Alejandro Giammattei que de conocer la ley, debe vetarla.

Las organizaciones denuncian que esta ley es casuística con la Ley de Emisión del Pensamiento.  “Porque deja a criterio del juzgador sanciones a quienes critiquen a funcionarios”, denunciaron.

En la exposición de motivos de la iniciativa 5601, que dio vida a la Ley de Prevención y Protección contra la Ciberdelincuencia, se plantea que tras aprobarse se debe ratificar el Convenio sobre la Ciberdelincuencia conocido como el Convenio de Budapest. Para el periodista y docente universitario, Silvio Gramajo, debió ser lo contrario. “Se debió ratificar primero el Convenio de Budapest y después se entre a discutir esta ley”, dijo.

Para Gramajo es necesario que se apruebe primero una ley de datos personales en manos privadas, porque deja en el vacío información de las personas. “En esta ley dan por sentado que son y no son los datos personales, cuando en Guatemala no hay una ley de datos personas por lo que es necesario tenerla primero”, afirmó.

Respecto a la relación de la ley con el trabajo periodístico, Gramajo afirmó que ley tiene problemas fundamentales, porque amplía la arbitrariedad de los funcionarios. “Por el trabajo periodístico no me dice a mí cuándo cometo un delito y cuándo no, solo dice: ‘la autoridad encargada de investigar’ deben respetar los principios y garantías, entonces queda a criterio de quien lo hace, que tampoco sabemos si lo hará el Ministerio Público si se comete una acción ilegal”, dijo.

El periodista Gramajo se une a las voces que piden que se vete el actual decreto. Consideró que es necesario tomar como referencia el Convenio de Budapest y someter a análisis amplio con expertos sobre protección de datos y seguridad informática.

Aparte de las objeciones y solicitudes de veto a la ley, los abogados Erick Castillo, que promovió un amparo a favor de Consuelo Porras para que fuera reelecta como fiscal general; Shilenka Arana, Karina Galindo y Carlos Lau, presentaron un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) en contra del Congreso por la aprobación de esta ley.

En el Congreso, la junta directiva programó para el miércoles 17 de agosto conocer las objeciones que tiene el actual decreto antes de enviarlo al presidente Alejandro Giammattei. Del resultado de esa votación a favor o en contra del decreto 39-2022 se definirá el futuro de la ley.

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