Créditos: Foto Juan Calles, mayo de 2022
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Por Luis Ovalle y Javier De León

Quizás sea parte de “la justicia divina” o talvez solo una simple coincidencia, mayo ha sido de gran importancia en Guatemala en procesos de justicia transicional: Hace unos años, el 10 de mayo de 2013, el exgeneral Efraín Ríos Montt fue condenado a 80 años de prisión, por el genocidio cometido contra el pueblo maya Ixil, entre 1982 y 1983. Si bien la sentencia fue anulada por la Corte de Constitucionalidad, para las familias las condena alcanzada aquel día de las madres, contra el genocida, sigue siendo válida.

Fue el 20 de mayo de 1999 cuando salió a luz pública este documento, una especia de bitácora militar, en la que se llevaba el registro detallado de hombres, mujeres, adultos mayores, niños y niñas, detenidos de forma ilegal, torturados durante el tiempo que fuera necesario para que entregaran a otros de sus compañeros, casas, documentos, dinero o equipos, para posteriormente ser asesinados muchos de ellos, sin ninguna compasión.

El Diario Militar o Dossier de la Muerte da cuenta de más de 195 víctimas. De 183 contiene fichas específicas, con los pormenores de su captura, el lugar del hecho y lo que ocurrió posteriormente con cada una de ellas. “300”, “Se fue con Pancho” o “Se fue +”, son términos utilizados en muchos de estos registros, para reportar su asesinato.

Mayo, el mes de las madres. De esas madres que entre 1983 y 1985 no medían riesgos; buscaron por cielo y tierra a sus hijas e hijos, sin importar las consecuencias. Muchas de ellas fueron golpeadas, humilladas, torturadas y hasta violadas, durante las detenciones ilegales de sus seres queridos.

Fue el 27 de mayo de 2021, 37 años después de las primeras detenciones ilegales, que la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Púbico detuvo a 11 exmilitares y expolicías, algunos de ellos de alto rango, como parte de lo que ahora se conocería como caso Diario Militar. Muchas de las madres de aquellos opositores políticos, ya no pudieron vivir este momento. Se fueron con la esperanza de volverlos a ver, vivos, tocando la puerta de casa.

Mayo, nuevamente. Sí, este 6 de mayo, a poco menos de un año de sus capturas legales, como en ley corresponde, nueve de esos exmilitares y expolicías fueron enviados a juicio, oral y público, por el juez Miguel Ángel Gálvez, del Tribunal de Mayor Riesgo B.

La justicia llega tarde, pero finalmente llega. Lenta y con muchos obstáculos. Con muchas madres ya fallecidas, con mucho dolor en cada familia, pero principalmente con la esperanza de recuperar los restos de sus seres queridos. Ya no están, muchas de esas madres y también padres. Pero ahora están sus hijos, los hijos de sus hijos, sus nietos, que este viernes, en la sala de audiencias levantaron con orgullo la foto de sus familiares desaparecidos.

Paulo Estrada, hijo de Otto René Estrada Illescas, detenido ilegalmente el 15 de mayo de 1984, y querellante ahora en el juicio, posteó: “Por vos mí “Chelita” (su abuela), por don Demetrio, por el Chío, por todas y todos los que sufrieron sus ausencias, porque siempre hemos querido justicia y que nos digan ¿dónde están? No dejaremos de buscar y señalar a los responsables, hasta encontrarles…”

El próximo 18 de mayo, a las 9 de la mañana, será la audiencia de ofrecimiento de prueba.

 

A continuación transcribimos el fragmento cuando el juez Miguel Ángel Gálvez, del Juzgado B de Mayor Riesgo,  dicta el auto de apertura a juicio en contra de 9 militares y expolicías:

Este órgano jurisdiccional, quisiera dejar constancia, que después de haber escuchado las intervenciones de todos  los sujetos procesales, que se inició con la participación de la representante del Ministerio Público, las partes querellantes, que después de cada uno de los análisis correspondientes, solicitaron que se dictara el auto de apertura a juicio. Con relación a los abogados, en su mayoría se solicitó que se decrete el sobreseimiento. En algunos casos se solicitó que se decreté la clausura provisional, incluso, en un requerimiento se indicó, que se cambiara la tipificación.

En ese sentido, este órgano jurisdiccional después de hacer el análisis correspondiente, con base en los requerimientos planteados, pero especialmente, con los medios de investigación y con base a las consideraciones y leyes citadas, declara: se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, de fecha:

  1. 10 de septiembre de 2021, en contra de José Daniel Monterroso, Enrique Cifuentes de la Cruz, Rone René Lara, Jacobo Esdrás Salán Sánchez y Edgar Corado Samayoa, con la modificación siguiente: se amplía la página 8 en cuanto a la fecha del hecho, siendo el 15 de mayo de 1984, caso de Rubén Amílcar Farfán
  2. Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, de fecha 24 de septiembre de 2021, en contra del señor Marco Antonio Gonzáles Taracena
  3. Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, de fecha 6 de octubre de 2021, en contra de Juan Francisco Cifuentes Cano
  4. Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, de fecha 21 de diciembre de 2021, en contra de los señores Víctor Augusto Vásquez Echeverría y Gustavo Adolfo Oliva Blanco
  5. Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público, de fecha 8 de febrero de 2022, en contra de Víctor Augusto Vásquez Echeverría

Se dicta el auto de apertura a juicio en contra de:

1. José Daniel Monterroso Villagrán, por los tipos penales de: desaparición forzada y delitos contra deberes de la humanidad, en agravio de Rubén Amílcar Farfán.

2. Enrique Cifuentes de la Cruz, por el tipo penal de desaparición forzada, en agravio de Santiago Rodríguez Melgar, Víctor René López Pérez, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Jorge Alfonso Gregorio Velázquez Soto, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Juan Pablo Armira López, Rosa María Castillo Samayoa, Óscar Leonel Velásquez Bautista, Amancio Samuel Villatoro; por los tipos penales de asesinato; en agravió de Silvio Matricardi Salán; por el tipo penal de asesinato en grado de tentativa, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos; por el tipo penal de delitos contra los deberes de la humanidad, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos, Amílcar Blandemiro Orozco y Orozco, Mario Enrique Chávez Ovalle, Silvio Matricardi Salán, Víctor René López Pérez, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Arnulfo de Jesús López Pérez, Julio César Pereira Vásquez, Amancio Samuel Villatoro, Dora Elizabeth Osorio Bobadilla, Linzi Osorio Bobadilla.

3. Edgar Corado Samayoa, por el tipo penal de desaparición forzada, en agravio de Santiago Rodríguez Melgar, Víctor René López Pérez, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Jorge Alfonso Gregorio Velázquez Soto, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Juan Pablo Armira López, Rosa María Castillo Samayoa, Óscar Leonel Velázquez Bautista, Samuel Amancio Villatoro, por el tipo penal de asesinato en agravio, de Silvio Matricardi Salán; por el tipo penal de asesinato en grado de tentativa, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos; por el tipo penal de delitos contra los deberes de la humanidad, en agravio Álvaro René Sosa Ramos; Amílcar Blandemiro Orozco y Orozco, Mario Enrique Chávez Ovalle, Silvio Matricardi Salán, Víctor René López Pérez, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Arnulfo de Jesús López Pérez, Amancio Samuel Villatoro, Dora Elizabeth Osorio Bobadilla, Linzi Osorio Bobadilla.

4. Rone René Lara, por los tipos penales de asesinato en grado de tentativa y delitos contra los deberes de la humanidad, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos.

5. Jacobo Esdrás Salán Sánchez, por los tipos penales de desaparición forzada, en agravio de Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Juan Pablo Armira López, Amancio Samuel Villatoro; por el tipo penal de asesinato, en agravio de Silvio Matricardi Salán; por el tipo penal de asesinato en grado de tentativa, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos; por el tipo penal de delitos contra los deberes de la humanidad, en agravio de Gustavo Adolfo Meza Soberanis, Mayra Yeaneth Meza Soberanis, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Amancio Samuel Villatoro, Juan Pablo Armira López, Álvaro René Sosa Ramos, Mario Enrique Chávez Ovalle, Silvio Matricardi Salán, Dora Elizabeth Osorio Bobadilla, Linzi Osorio Bobadilla.

6. Marco Antonio González Taracena, por los tipo penales de desaparición forzada, en agravio de Juan Matías Palacios, Héctor Rolando Valdez Guzmán, Rosa María Castillo Samayoa, Óscar Leonel Velázquez Bautista, Víctor René López Pérez, Santiago Rodríguez Melgar, Jorge Antonio Gregorio Velázquez Soto, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Jorge Mauricio Gatica Paz, Amancio Samuel Villatoro, Sergio Saúl Linares Morales, Juan Pablo Armira López y Gustavo Adolfo Meza Soberanis; por el delito de asesinato, en agravio de Silvio Matricardi Salán, Héctor Hugo Alvarado Chuga, y/o Héctor Morales Chuga, Mayra Jeaneth Meza Soberanis; por el tipo penal de asesinato en grado de tentativa, en agravio de Álvaro René Sosa Ramos; por el tipo penal de delitos contra deberes de la humanidad, en agravio de Amílcar Blandemiro Orozco y Orozco, Víctor René López Pérez, Santiago Rodríguez Melgar, Arnulfo de Jesús López Pérez, Alma Leidy Poza Gudiel, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Dora Elizabeth Osorio Bobadilla, Linzi Osorio Bobadilla, Julio César Pereira Vásquez, Jorge Mauricio Gatica Paz, Raquel Morales viuda de Linares, Álvaro René Sosa Ramos, Mario Enrique Chávez Ovalle, Silvio Matricardi Salán, Mayra Jeaneth Meza Soberanis, Amancio Samuel Villatoro, María Eugenia Molina Theissen y familiares, Anabella Jiménez y familia.

7. Juan Francisco Cifuentes Cano, por el tipo penal de desaparición forzada, en agravio de Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Jorge Alfonso Gregorio Velázquez Soto, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Patricia Yol Osorio, Fabián Estrada Satuy, y/o Flavio Estrada Sutuj, Visitación Bascaj Pineda, Adriana Chocoj Culajay, Narcisa Cusanero Sian, Rolando Yol Salguero (de 5 años), una niña de 2 años, de nombre desconocido, hija de Patricia Yol Osorio, y Narcisa Cusanero Sian; por el tipo el tipo penal de delitos contra los deberes de la humanidad, por agravio de Amancio Samuel Villatoro, Sergio Saúl Linares Morales, Zoilo Canales Salazar, Juan de Dios Samayoa Velázquez, Hugo Dail Navarro López, Moisés Saravia López; por el tipo penal de desaparición forzada, en agravio de Juan Pablo Armira López, María Quirina Armira López, Fabián Estrada Satuy, y/o Flavio Estrada Sutuj, Visitación Bajcaj Pineda, Adriana Chocoj Culajay, Narcisa Cusanero Sian, Rolando Yol Salguero, una niña de 2 años de nombre desconocido, hija de Patricia Yol Osorio, y Narcisa Cusanero Sian, María Zoe Oreno Armira, Brigido Antonio Sajij Hernández, Joaquín Simón Mis, María Oreno Armira, Pablo Ejalón Batz, Eusebio Coc Rompich.

8. Gustavo Adolfo Oliva Blanco, por el tipo penal de delitos contra los deberes de la humanidad, en agravio de Jorge Alfonso Gregorio Velázquez Soto, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Dora Elizabeth Osorio Bobadilla, Linzi Osorio Bobadilla, Jorge Irán Muralles García, María del Rosario Paz Galicia de Muralles, Irán Muralles Paz, de 4 años, Erén Muralles Paz, de 2 años, Damisela Cleotilde Muralles Juárez, María del Refugio García Juárez, Dolores Bautista Escobar; por el tipo penal de desaparición forzada, en agravio de Jorge Alfonso Velázquez, Héctor Manuel de León Escobar, y/o Marvin Girón Ruano, y/o Daniel Augusto Salguero Guzmán, Alma Lucrecia Osorio Bobadilla, Jorge Irán Muralles García.

  • Se tiene por aceptada la participación, en forma definitiva, de los querellantes adhesivos; la Procuraduría de los Derechos Humanos, el Grupo de Apoyo Mutuo, Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala (Famdegua), Wendy Santizo Méndez, Paulo René Estrada Velázquez, Alejandra Karina Cabrera Tenas, María Eliza Meza Paniagua, Salomón Estrada Mejía.
  • Conocerá el debate oral y público el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente por Procesos de Mayor Riesgo Grupo A.

En el presente caso, se le solicita al Ministerio Público extender su investigación con relación a Toribio Acevedo Ramírez, tomando en consideración que en varias declaraciones se hace referencia a esta persona. Incluso, se hace referencia a que perteneció, en los años 80, al grupo elite y se hace referencia, de conformidad con la declaración del testigo, que está persona es abogado y notario y que trabaja actualmente en Cementos Progreso. En ese sentido se le requiere al Ministerio Público extender sus investigaciones para que posteriormente se pronuncie con relación al mismo.

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