Discriminación y racismo de parte del gobierno de Guatemala contra comunidades Indígenas

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Créditos: Carlos Sebastián/Wikimedia
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El Consejo Nacional de Desplazados de Guatemala -CONDEG-

                                                                             Ante la Opinión Pública Nacional e Internacional 

DENUNCIA:

El gobierno de Guatemala encabezado por el Presidente Alejandro Eduardo Giammattei Falla, ha demostrado una vez más su odio y racismo contra las comunidades indígenas de Guatemala, utilizando como argumentos los hechos ocurridos en la comunidad Maguilá 1, del municipio de Fray Bartolomé de la Casas del departamento de Alta Verapaz. 

CONDEG  es una organización Defensora de los Derechos Humanos, por lo mismo condena los hechos ocurridos en dicha comunidad en contra del personal de salud. Por tanto las instancias correspondientes serán los encargados de hacer las investigaciones exhaustivas y deducir las responsabilidades según corresponde a los culpables intelectuales y materiales de los hechos ocurridos en Fray.

Si bien es cierto que los hechos ocurridos en dicha comunidad es repudiable, pero eso no le da ningún derecho al Presidente Giammatei de calificar y castigar a toda la comunidad, ni al municipio, según sus propias palabras de Giammattei “si no se quiere vacunar la gente, que no se vacune, que por su gusto se quieran morir que lo entierran parado” Porque si no la quieren, no la quieren, si quieren que ellos y sus hijos se mueran es su problema”. Palabras que llevan el odio y racismo contra los pueblos indígenas, decir públicamente que las personas que no se quieren vacunar y cuando se mueran las entierren PARADOS, han sido las mismas prácticas de los SICARIOS como una muestra de ODIO hacia su víctima y para que el Presidente de la Republica haya llegado a ese extremo, es una VERGÜENZA NACIONAL E INTERNCIOANL, sobre la cual no solo merece una condena moral y político, sino también tiene repercusiones penales según nuestra legislación nacional vigente. Por lo que condenamos rotundamente las declaraciones racistas de este gobierno que ha demostrado durante el período de su gestión, su incapacidad de dirigir este país en el marco del respeto y la unidad de las poblaciones. 

No está de más hacer recordar que El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas, ha hecho una serie de recomendaciones al Estado de Guatemala, sobre la necesidad de adoptar medidas y políticas contra la discriminación racial y el racismo y que debe promover de manera efectiva la inclusión social y reduzca los altos índices de pobreza y desigualdad que afectan a los miembros de los pueblos indígenas y a las personas afrodescendientes, incluso mediante la adopción de medidas especiales orientadas a eliminar la discriminación estructural en contra de los pueblos indígenas. Además el Comité ha manifestado su preocupación que la legislación interna no tipifique como acto punible toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, la incitación a la discriminación racial, así como todo acto de violencia con motivación racial o la incitación a cometer tales actos de acuerdo a lo previsto en el artículo 4 de la Convención Americana. Asimismo sobre los discursos y manifestaciones discriminatorios en contra de pueblos indígenas y de afrodescendientes, en algunos casos incluso realizados por funcionarios estatales…. En este caso en vez de establecer políticas y el respeto a la diversidad y la eliminación de la discriminación racial, el mismo Presidente incita al ODIO RACIAL contra los pueblos indígenas. 

En el Código Penal, artículo 202. Bis. (Adicionado por el Artículo 1 del Decreto 57-2002 del Congreso de la República), está tipificado como delito la Discriminación, toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil, o en cualesquiera otro motivo, razón o circunstancia, que impidiere o dificultare a una persona, grupo de personas o asociaciones, el ejercicio de un derecho legalmente establecido incluyendo el derecho consuetudinario o costumbre, de conformidad con la Constitución Política de la República y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos. Quien por acción u omisión incurriere en la conducta descrita en el párrafo anterior”, este delito debe ser sancionado con prisión y multa. Es más el mismo Código Penal establece que la pena se agravará en una tercera parte cuando la discriminación haya ocurrido por razones idiomática, cultural o étnica, también se agrava la pena para quien de cualquier forma y por cualesquier medio  difunda, apoye o incite  ideas discriminatorias. Establece también como delito grave, cuando el hecho sea cometido por funcionario o empleado público en el ejercicio de su cargo. 

Al decir del Presidente Giammatei, dejó claro públicamente que “si no se quiere vacunar la gente, que no se vacune, que por su gusto se quieran morir que lo entierran parado” Porque si no la quieren, no la quieren, si quieren que ellos y sus hijos se mueran es su problema”. Además que ya no invertirá ningún (cochino) centavo en esas comunidades. Lo cual estaría vedando un derecho constitucional al desarrollo económico social y cultural de las comunidades.

 

POR EL DERECHO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, NO A LA DISCRIMINACION Y EL RACISMO

CONDEG, PRESENTE

Guatemala, 09 de octubre de 2021

 

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