Apelan a la vejez y la pandemia para beneficiar a exmilitares condenados por crímenes de lesa humanidad

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Créditos: Prensa Comunitaria.
Tiempo de lectura: 3 minutos

Por Lourdes Álvarez

Este lunes la familia Molina Theissen exigió, en una audiencia pública en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que se cumpla la sentencia de 33 a 58 años de prisión inconmutable a los exmilitares Manuel Benedicto Lucas García, Francisco Luis Gordillo Martínez y Manuel Antonio Callejas y Callejas condenados por crímenes de lesa humanidad, debido a que sus abogados defensores piden que sean beneficiados con prisión domiciliar.

La defensa de los exmilitares planteó que debido a la situación de pandemia provocada por el coronavirus y su avanzada edad, se encuentran en alto riesgo de contraer alguna enfermedad, por eso solicitan que la condena se cumpla en su residencia.

La abogada Jovita Tzul, del equipo jurídico de la familia Molina Theissen, dijo que pese a que durante la pandemia se ha requerido de un tratamiento específico para mantener los cuidados para las personas privadas de libertad, los estándares internacionales han determinado que para casos de personas condenadas por delitos graves, en este caso crímenes de lesa humanidad, no pueden hacerse un análisis previo o a priori, porque se trata de personas que ya están condenadas.

En este caso los exmilitares que ya tienen una condena, no pueden gozar de arresto domiciliario. Tzul considera que se debe hacer un análisis con base en el principio de proporcionalidad, considerando que el derecho no exige una resolución favorable a los intereses que quien pide tutela.

En ese sentido, la abogada planteó sus argumentos ante la CSJ y también durante la audiencia de revisión de medidas. “Para que ellos tomen en consideración que en el caso Molina Theissen se juzgan graves violaciones de derechos humanos”, agregó Tzul.

En un comunicado emitido por la familia Molina Theissen, se recalca que durante la pandemia de COVID-19 se han emitido recomendaciones para las personas privadas de libertad, pero que las personas que cometieron graves violaciones a los derechos humanos, reitera, que no se pueden beneficiar con medidas que generen impunidad y señalaron que en este momento los condenados gozan de privilegios frente a otros.

Buscan mecanismos de impunidad

Recurrir al argumento de la avanzada edad de los procesados o condenados en casos de delitos como desaparición forzosa, violencia sexual y otras violaciones a los derechos humanos, para buscar beneficiarlos, es común por parte de la defensa de los exmilitares y altos mandos militares que enfrentan procesos de justicia transicional en el país.

Aceptar este tipo de planteamiento “implicaría mecanismos de impunidad en el acceso a la justicia y no estamos de acuerdo con eso”, reiteró la abogada Tzul.

La audiencia púbica de este lunes fue solicitada por los abogados de la familia Molina Theissen para que la medida de amparo solicitada presentada por los abogados de los exmilitares sea denegada, porque durante el proceso no se violentaron derechos constitucionales como se indicó de parte de la defensa de los exmilitares.

Para Tzul, los argumentos se conocerán en las apelaciones especiales que fueron planteadas. “Se hace alusión a muchos argumentos, violación de presunción de inocencia, principio de irretroactividad de las leyes, una discusión que no tienen sentido”, agregó.

Desde el año pasado, la defensa de los exmilitares pidió que fueran beneficiados y el 19 de agosto del año pasado se realizó una audiencia de revisión de medidas, pero fueron denegadas, ante ese panorama, presentaron nuevamente la acción de amparo, porque no estaban de acuerdo con la resolución.

A criterio de Tzul la solicitud no es viable, porque el amparo no es una instancia revisora de los procesos penales, solo se presenta cuando hay una violación al derecho constitucional y en este caso no lo hay, porque la resolución fue dictada conforme a derecho y fundamentos.

“Lo que se presenta se va a conocer en las apelaciones especiales, no son argumentos para conocerse en esta acción de amparo y hoy al escuchar las argumentaciones resulta ilógico que venga a un tribunal constitucional a pedirle que otorgue arresto domiciliario a los condenados”, manifestó Tzul.

A criterio de la abogada ese tribunal no es la instancia para poder solicitar esa medida, porque como ya se citó, incluso una sala de revisión de medidas se las negó.

“En la misma ley están los procedimientos para hacer ese tipo de solicitudes, pero no de esta forma, tanto nosotros como las dos representaciones del Ministerio Público, la unidad de impugnación y la unidad de asuntos constitucionales, solicitamos que se niegue el amparo”, añadió Tzul.

Ahora la resolución queda en manos de la cámara de amparos de la CSJ, sin que exista una fecha para la notificación. “Esperamos que pueda ser conforme a la ley y justicia, como lo hemos pedido, sin embargo, todavía cabe la apelación en la Corte de Constitucionalidad”, puntualizó la abogada.

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