Nuevas disposiciones permiten ferias y elimina la restricción de horarios en mercados y centros comerciales

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Créditos: Cortesía
Tiempo de lectura: 2 minutos

Por Prensa Comunitaria

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó el Acuerdo Ministerial 24-2021 en el que se anuncia la reapertura de playas, realización de ferias y elimina la restricción de horarios en mercados y centros comerciales.

El acuerdo publicado este día en el Diario de Centro América reforma el acuerdo ministerial 7-2021 que contenía las Disposiciones obligatorias para la contención y prevención del incremento de contagios de la covid-19 a nivel nacional.

Con esta nueva disposición se abren los parques públicos, parques municipales atendiendo o elaborando los protocolos de bioseguridad para prevenir el contagio de la covid-19 y evitar la aglomeración de no más de 10 personas.

También se da luz verde para la realización de ferias comunales, de barrio y municipales; pero quedan prohibidas las fiestas, conciertos, elección de reinas y cualquier actividad en la que haya alta concentración de personas en municipios que estén en alerta roja y naranja en el sistema de semáforo implementado por el MSPAS.

El jueves 28 de enero el gremio de ferias cantonales pidió que se levantara la restricciones publicadas por las autoridades y exigiendo su derecho al trabajo porque han pasado más de 10 meses sin poder generar ingresos económicos.

Los organizadores de feria deberán cumplir con las disposiciones de Salud, que incluyen el cumplimiento estricto del número de personas en locales, medidas de bioseguridad y la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas después de las 21 horas.

Asimismo, los mercados municipales, cantonales y satelitales deberán realizar sus actividades de 5:00 a 19:00 horas, respetando la Guía 8# elaborada por las autoridades de Salud que contiene los protocolos para evitar la propagación del coronavirus.

También los supermercados, tiendas de barrio y de conveniencia deberán realizar sus actividades en horarios regulares, respetando el aforo y medidas de bioseguridad.

Los bares y centros de diversión nocturna podrán funcionar hasta las 21 horas; y los restaurantes en horarios regulares, respetando el número de personas en los lugares estableciendo e implementando las medidas de bioseguridad.

Por su parte, los funerales y entierros continúan con restricción; esta disposición aplica para defunciones por cualquier causa. Mientras que el transporte público colectivo que cuenta con autorización de circulación deberá cumplir con las medidas impuestas por las autoridades.

Las disposiciones cobran vigencia este 5 de febrero y son obligatorias, de no cumplirse, las autoridades competentes en correspondencia con la legislación en salud, municipal, administrativa y penal impondrán las sanciones respectivas.

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