Caso Creompaz: jueza niega petición de militar para salir de prisión preventiva

COMPARTE

Créditos: El militar César Augusto Ruiz Morales, acusado en el caso Creompaz, buscaba salir de la prisión. Foto Juan Rosales
Tiempo de lectura: 3 minutos

Por Regina Pérez

La jueza Claudette Domínguez, del Juzgado de Mayor Riesgo “A”, denegó la petición del militar César Augusto Ruiz Morales, acusado en el caso del Comando Regional de Entrenamiento de Operaciones de Mantenimiento de Paz (Creompaz), de salir de prisión preventiva, cuya defensa argumentaba que habían variado las circunstancias que dieron origen a esa medida, razón por la que solicitaba medidas sustitutivas para su cliente.

La jueza tampoco concedió una autorización de seis meses, solicitada por la defensa de Ruiz Morales, para el tratamiento de un glaucoma, que el acusado dice padecer. Por otro lado, la juzgadora ordenó al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) para que le haga un reconocimiento médico en un plazo de 48 horas.

El militar es uno de los ocho acusados de desaparición forzada y delitos de deberes contra la humanidad por el caso Creompaz. Un caso de desaparición forzada que fue elevado a la justicia tras el hallazgo de 565 osamentas en la zona militar No 21, en Cobán, Alta Verapaz. La captura de los militares retirados se dio en enero de 2016 y desde entonces guardan prisión preventiva.

Esta mañana, en el Juzgado de Mayor Riesgo “A”, el Ministerio Público y los querellantes, acudieron a la audiencia de revisión de medidas de coerción solicitadas por el militar, quien está acusado de los delitos de deberes de la humanidad y desaparición forzada y permanece en prisión preventiva desde 2016.

La abogada defensora del militar, María Elisa de León, pidió a la jueza declarar con lugar la petición de medidas sustitutivas, argumentando que su defendido lleva cinco años en prisión preventiva y de forma alternativa, si no se concedía esta medida, que otorgara una autorización de seis meses a Ruiz Morales para tratar un padecimiento de glaucoma, para que no perdiera la visión.

De León señaló que ya no existe peligro de la obstaculización de la verdad “porque el MP es garante de los medios de investigación”. 

Durante la audiencia, Ruiz Morales expuso ante la jueza que es inocente y señaló que la prisión preventiva indefinida “es una violación a mi derecho a la libertad… y que la suspensión de cuatro años y medio del proceso penal es una violación a mi derecho al acceso a la justicia porque no me ha permitido seguir con el proceso”, señalando que la jueza ya lo envió a debate.

La fiscal del MP, Elena Sut Ren, recordó que la jueza resolvió la prisión preventiva en junio de 2016 por el peligro que existía de obstaculización a la averiguación de la verdad.

Sut Ren también señaló que las etapas procesales de conocimiento de los medios de convicción y la posible participación del acusado ya fueron discutidos en esa sala y que esa etapa ya se agotó. “Estamos ante una revisión de medidas de coerción en la cual se debe de fundamentar que han cambiado las circunstancias que dieron lugar a esta resolución y es importante considerar que dichas circunstancias no han variado”, dijo Sut Ren.

La fiscal del MP indicó que al procesado se le ha facilitado el derecho a la salud y que goza de asistencia médica, ya que ha sido trasladado oportunamente, cuando ha sido requerido al Centro Médico Militar, por lo que pidió que quede en firme la resolución de la jueza de prisión preventiva dictada en enero de 2016, así como la resolución del 7 de junio, de ese mismo año.

Los abogados de las víctimas también se opusieron a que la jueza le concediera a Ruiz Morales las medidas de coerción, señalando que la defensa no presentó ninguna prueba para demostrar que habían variado las circunstancias que dieron origen a la prisión preventiva y que tampoco se presentó ningún sustento legal para la petición de 6 meses para realizarse el tratamiento médico.

Pese a los argumentos de la defensa del militar, la jueza Domínguez declaró sin lugar la petición de conceder medidas sustitutivas a Morales Ruiz, así como la autorización de 6 meses para que pudiera hacer el referido tratamiento.

Entre los querellantes en este caso están la Asociación Familiares de Detenidos de Guatemala (Famdegua), el Grupo de Apoyo Mutuo (GAM), la Asociación de Vecinos de Chicoyogüito, la Asociación para el Desarrollo Integral de las Víctimas de la Violencia en las Verapaces Maya Achí (Adivima), población de la aldea Plan de Sánchez y la Coordinadora de Víctimas de Alta Verapaz. 

COMPARTE