CIJ expresa preocupación ante la falta de imparcialidad del Sistema de Justicia

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Créditos: Eduardo Bin. Foto: Nelton Rivera
Tiempo de lectura: 2 minutos

14 de junio del 2019

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) expresa su profunda preocupación ante la falta de imparcialidad del Sistema de Justicia en el Departamento de Izabal y en otros departamentos del país.

El dia 4 de junio, el Juez Unipersonal de Sentencia de Puerto Barrios, Izabal, Pablo Eduardo Caal Ponce suspendió la audiencia de revisión de medida del Vice Presidente de la Junta Directiva de la Gremial de Pescadores, Eduardo Bin Pou. El señor Bin Pou, ha estado en prisión preventiva casi un año, por los delitos de retención ilegal, amenazas e instigación a delinquir a pesar de no haber pruebas, ni individualizar las supuestas acciones cometidas por don Eduardo Bin Pou; se trata de un caso de “criminalización de la protesta social”, ya que el señor Bin Pou, en su calidad de Vice presidente de la Junta Directiva de la Gremial de Pescadores, denunció a la empresa CGN Pronico, por supuestamente contaminar el Lago de Izabal con la explotación de níquel que lleva a cabo esta empresa, en dicho departamento.

El Estado de Guatemala ha utilizado el Derecho Penal en su contra, para lograr su detención y así impedir que realice la función que le corresponde como dirigente social de la Gremial de Pescadores y en otros espacios públicos y comunitarios. En ocasiones anteriores, la CIJ expresó su rechazo por la falta de imparcialidad de las y los jueces en el departamento de Izabal. Una vez más, el juez Caal Ponce ha demostrado su posición parcializada, al suspender la audiencia de revisión de medida de coerción, solicitada por los abogados defensores de Eduardo Bin Pou y, de esta manera, lograr que permanezca detenido y retrasar indebidamente el proceso.

Eduardo Bin. Foto: Nelton Rivera

En efecto, con el argumento de que la abogada de los querellantes adhesivos presentó una excusa alegando impedimentos para asistir a la audiencia, por un problema de salud, el juez suspendió la audiencia. Aunque el abogado del señor Bin Pou invocó el principio del “plazo razonable” para la detención y que, tal y como lo establece el Código Procesal Penal en su artículo 277, “el tribunal decidirá inmediatamente en presencia de los que concurran” (subrayados propios). Es decir, que la audiencia se podía llevar a cabo sin la presencia de los querellantes y sus abogados; sin embargo, el Juez Caal Ponce, en forma irrespetuosa y arrogante, mantuvo su posición de suspender dicha audiencia, incluso en contra de la petición del Ministerio Público, que estuvo de acuerdo con el abogado del señor Bin Pou, al solicitar que la audiencia no se suspendiera.

De esta forma, la decisión del juez provocó que no se pudiera discutir la revisión de la medida de coerción y que el Señor Bin Pou volviera a prisión. Además, provocó el retraso del caso, que podría hacer incurrir al juez Caal Ponce en responsabilidad penal, por el delito de retardo malicioso. La CIJ ha podido notar que esta táctica dilatoria, también ha sido utilizada en otros procesos y ha afectado a otros pescadores de la gremial indicada, que se han visto obligados a presentar las denuncias respectivas, que sorpresivamente han sido declaradas sin lugar por la Supervisión General de Tribunales.

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