Polígrafo: la Corte de Constitucionalidad dijo que la candidata del Partido Valor Zury Ríos no va

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Créditos: Polígrafo.
Tiempo de lectura: 2 minutos

14 de mayo del 2019

Con una votación de cuatro votos a tres los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvieron que el artículo 186 literal c) de la Constitución es claro y no tiene temporalidad al establecer que los familiares de los jefes de facto o de un golpe de Estado no pueden participar como candidatos a la presidencia.

Según la resolución, la actual Constitución al contrario de las anteriores, no dejo determinado el período de tiempo por el cual tendrían impedimento legal. Por lo tanto, Zury Ríos hija del fallecido Efraín Ríos Montt quien tomó la presidencia mediante un golpe de Estado no puede ser candidata.

La Corte de Constitucionalidad ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que en un lapso de 24 horas una vez notificado de la resolución retire la candidatura a Ríos y su vicepresidenciable Roberto Molina Barreto.

 

Zury ya no tiene posibilidades de buscar otros recursos en el país ya que la CC es el máximo órgano del país.

Los magistrados que votaron a favor fueron Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Mynor Par Usen, mientras Dina Ochoa, Neftalí Aldana y Henry Comte votaron en contra de la resolución.

¿Qué piensas de la decisión del máximo tribunal del país de dejar fuera de la contienda electoral a Zury Ríos?

¿Consideras que la Constitución es clara en cuanto a que los familiares de un jefe de Estado que llegó al poder por un golpe de Estado no pueden participar nunca?

¿A dónde crees que vayan los votos de Zury Ríos ahora que no podrá participar?

 

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