Créditos: Simón Antonio
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14 de mayo del 2019

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió este lunes 13 de mayo, revocar la inscripción de  las candidaturas de Zury Maite Ríos Sosa, hija del expresidente golpista, José Efraín Ríos Montt (1982-1983) y Roberto Molina Barreto, ambos candidatos a presidente y vicepresidente del partido Valor; y ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) un plazo de 24 horas para que notifique sobre el cumplimiento de dicho fallo.

Foto: Simón Antonio

En el comunicado emitido por el máximo órgano constitucional se lee “llegó a la conclusión que la prohibición contenida en la literal c) del artículo 186 de la Constitución Política de la República tiene carácter atemporal y por ende es aplicable, en cualquier tiempo, a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del caudillo o de los jefes de golpes de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, o que como consecuencia de tales hechos asuman la jefatura de gobierno”.

La misma resolución de la CC indicó que no se puede variar por interpretación la literal c), en congruencia con el literal a) del artículo 186 de la Constitución ello implicaría dice “reformar tácitamente la norma, lo cual está estrictamente prohibido y contravendría los valores democráticos del Estado de Guatemala”.

El secretario general de la CC, Martín Guzmán, informó que en el expediente (1584-2019) la votación fue dividida: en contra de la inscripción de Zury Ríos, votaron, Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y José Par Usen. Y a favor votaron, Dina Ochoa, Neftaly Aldana y Henry Comte Velásquez.

Reacciones

La primera reacción de Zury Ríos fue por medio de su cuenta de twitter en la que publicó: “Hasta que la @CC_Guatemala no me notifique que no puedo ser candidata será oficial. Hay magistrados que se dejan ir por su ideología política en contra de impartir justicia”.

Posteriormente asistió a una entrevista en la cadena de televisión estadunidense CNN en Español en la que declaró “Los guatemaltecos que quieren votar por mí quieren transparencia. Hay que respetar la voluntad popular del pueblo”.

Al terminar la entrevista, el partido político Valor se pronunció por medio de una conferencia de prensa en la que Roberto Molina Barreto informó que acudirán a la Corte Interamericana de Derechos Humaos (CIDH).

Se necesita estabilidad constitucional

Por parte del abogado constitucionalista Oswaldo Samayoa, la decisión de la CC establece parámetros de resguardo constitucional y la alternabilidad en el poder. “La CC hace bien renovar el orden constitucional, el artículo 281 de la Constitución es claro y es expreso, no pueden ser deformados no pueden ser interpretados de una forma antojadiza o mutativa artículos como el 186 en donde se resguarda el orden de quienes pueden optar a la presidencia de la República”.

Según Samayoa es importante el punto de vista histórico que muestra como “desde la independencia hemos sufrido diversos golpes a la alternabilidad del poder y diversas aberraciones y aferraciones de familias que han buscado tener el poder indistinta durante mucho tiempo”. 

Para la antropóloga Irma Alicia Velásquez Nimatuj, las presiones de la población y de actores internacionales están funcionando en el territorio nacional. “Esa presión realmente si pesa, si se tratara solo de la presión guatemalteca, volveríamos a ver nuevamente los fallos que vimos cuando se permitió la participación del general Efraín Ríos Montt” dijo. Además agregó que “no se ha permitido ahora que sus seguidores o partido político que cometan las ilegalidades ni los delitos que cometieron en ese momento”.

Tanto el abogado Samayoa y la antropóloga Velásquez Nimatuj  sostienen que la participación de José Efraín Ríos Montt en las elecciones de 2003 fue ilegal y marcó tendencia para las elecciones posteriores porque fue una resolución reprochada por la población y no se puede comparar con la actual situación jurídica de su hija Zury Ríos.

El camino de la candidatura de Zury Ríos

El partido político Valor buscó inscribir a Zury Ríos y Roberto Molina Barreto los días posteriores de la convocatoria al proceso electoral hecha por el TSE.

Esta es la cronología: 

  • 28 de enero. El Registro de Ciudadanos (RC) niega la inscripción del binomio presidencial basándose en la prohibición constitucional, decisión que fue respaldada por el pleno de magistrado del TSE al negar un recurso de nulidad presentado por el equipo jurídico del partido Valor.
  • 13 de febrero. La Corte Suprema de Justicia otorgó amparo provisional Zury Ríos y ordenó su inscripción.
  •  15 de febrero. El RC inscribe a Zury Ríos y Roberto Molina Barreto.
  • El pleno de Magistrados del TSE apela la inscripción hecha por el RC ante la CC.
  • 12 de marzo. La CC revoca la inscripción de Zury Ríos y Roberto Molina Barreto.  El vicepresidenciable Roberto Molina Barreto desconoce la resolución de la CC a pesar que fue magistrado y la presidió en más de una ocasión.
  • 20 de marzo. La CSJ otorga en definitiva el amparo a Zury Ríos que permitió su inscripción en febrero.
  • El pleno de magistrados del TSE nuevamente apela la resolución del TSE en la CC.
  • 13 de mayo. La CC resuelve y asegura que la denegatoria de la inscripción de Zury Ríos se encuentra vigente desde el 12 de marzo y a la vez ordena al TSE que en un plazo de 24 horas revoque la inscripción del binomio presidencial del partido Valor y en el mismo plazo se informe el cumplimiento de la resolución.

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