Créditos: Emisoras Unidas
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Por Stef Arreaga

3 de abril del 2019

Manuela Susana Guarchaj Coty tenía 35 años.  Vivía en una casita sencilla en el barrio Xerashón, Nahualá, Sololá  (Guatemala), con sus tres hijos de 5, 8 y 11 años, y su conviviente Manuel Tzep, de 42 años, quien sería la persona que sembraría el horror en su hogar, el 28 de mayo del 2018.

Esa madrugada de mayo, luego de matar a machetazos a su esposa en un acto de rabia sin límite en presencia de sus hijos, Tzep tomó a los niños y se los llevó a Argueta, una aldea cercana, en donde los amenazó para que le dijeran a la Policía Nacional Civil que un grupo de cinco hombres había entrado a la vivienda a darle muerte a su mamá.  Sin embargo, los agentes, al localizarlos, inmediatamente determinaron que él era el asesino de Manuela. 

El proceso de investigación y litigio por parte de la fiscalía de distrito de Sololá,  llevó aproximadamente 10 meses, hasta que la semana pasada, el juicio oral en contra de Tzep llegó a su fin.  El tribunal de Sentencia Penal de Delitos de Femicidio del departamento de Sololá sentenció a Manuel Tzep por femicidio y dictó una pena de 50 años inconmutables.

Prensa Comunitaria se comunicó con el fiscal a cargo del caso, quien indicó que el abogado de la defensa pública —quien representaba a Tzep—, no alegó delito en grado de emoción violenta, ya que el asesino planificó y perpetró el crimen en contra de Guarchaj de forma premeditada. Además indicó que los detalles del litigio no se pueden dar a conocer ante los medios de comunicación por la gravedad del caso y por la seguridad de los menores, a quienes se les ubicó el recurso idóneo para continuar con su vida.

El delito de femicidio aplica la reducción de la pena

Hasta hace un año, la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, ordenaba que las penas por este delito se cumplieran en su totalidad.  No obstante, el 27 de junio, la Corte de Constitucionalidad  declaró inconstitucional la frase “y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo”, contenida en el artículo 6 de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, al aceptar una acción legal de dos guatemaltecos. Según los ciudadanos, esa línea viola dos artículos de la Constitución, debido a que no expresa igualdad entre hombres y mujeres, y niega la posibilidad de que los condenados puedan readaptarse socialmente.

En Guatemala existen distintas penas para la violencia contra las mujeres, aunque la sentencia mayor son 50 años de prisión por asesinato.

La  Organización de Naciones Unidas (ONU) expresó su alarma por la vulnerabilidad en la que puedan quedar las mujeres víctimas de violencia en Guatemala.

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