Créditos: Fotografía Rax Kok
Tiempo de lectura: 3 minutos

Por: Rax Kok

La autoridad ancestral q’eqchi acompañada por las comunidades afectadas por el proyecto hidroeléctrico Rocja Pontila ven los frutos de su incansable lucha comunitaria, la Corte resolvió cancelar las licencias de la hidroeléctrica al empresario Aurelio Asturias Ekenberg por irrespetar los derechos colectivos del pueblo q’eqchi en Alta Verapaz y por las serias irregularidades en la forma de obtener las licencias durante el gobierno de Otto Pérez Molina.

El día martes 12 de diciembre 2017 en la aldea Río Tzetok de Cobán, Alta Verapaz. A partir de las diez de la mañana en asamblea con los miembros de las comunidades afectadas por la el proyecto Hidroeléctrico Rocja Pontila, representantes del Estado, organizaciones sociales, dueños de los vehículos que dan servicio a la empresa y el notario se reunieron para levantar el acta notarial en donde queda  constancia de los acuerdos alcanzados entre todas las partes.

Las comunidades resolvieron que ya es momento para que la empresa retire sus vehículos, de esa cuenta se entregaron tres vehículos: el primero es un camión, el segundo es un Pick Up doble cabina y el tercer vehículo es tipo Tráiler con plataforma.

Fueron dejados en calidad de garantía de prenda de forma voluntaria por el señor Edwin Mauricio Meza Quim quien en su momento actuó como representante legal del Proyecto de Desarrollo Integral Rocja Pontila, Sociedad Anónima, por daños y perjuicios ocasionados por el tráiler el cual destruyo un puente de cemento construido con dinero propio de los comunitarios de la Aldea Río Tzetoc, según el acta notarial de fecha 12 de julio 2017 por el notario Meza Quim que en acuerdo con miembros del COCODE y miembros comunitarios los lineamientos de su devolución, por ejemplo la contratación de dos agente de seguridad privada para custodiar el vehículos y la reparación del puente dañada pero esto nunca se llevó a cabo.

A pesar que la garantía de prenda que dejo el notario Meza Quim, en uno de las cláusulas del acta notarial indica que fueron dejados como garantía de prenda sin responsabilidad civil o penal hacia los comunitarios por daños que pudieran sufrir en su estructura y contenido de los objetos, los comunitarios se turnaban para cuidarlos día y noche, muestra de ellos los vehículos con sus respectivas cargas de cada uno han sido resguardados y se encuentra tal como fueron dejados por el representante de la empresa.

Por lo que el día martes 12 de diciembre se decide entregar los vehículos tipo camión, marca international placas C046BKJ, el vehículo Pick Up doble cabina marca Mazda BT-50 con placas P175FXZ color blanco y el vehículo tipo cabezal marca Freghtliner placas C817BHM con Lowboy serie RHDT1201260.

También se hizo entrega los equipos que contiene cada vehículo siendo un transformador de potencia de 24,000-30,000KVA, cuatro palet de madera con radiadores, uno con tanque de compensación, cuatro con 12 barriles de aceite, uno con ventiladores de transformador, uno con bushing de conexión, estos vehículos y equipos fue chequeado y recibido por tres personas dueños de los vehículos mas no de las cargas.

Esto en el marco de la decisión del Juzgado Séptimo de Primera Instancia del ramo civil de Guatemala, el 9 de noviembre 2017 dicto sentencia al proceso de la Acción Inconstitucional de amparo promovido inicialmente por las Autoridades Ancestrales de la Comunidad San Luis Chiquito del Municipio de Chisec, en contra del Director de Gestión Ambiental y recursos Naturales del MARN el señor Otoniel Barrios Toledo, también hubieron terceros interesados entre instituciones del Estado y obviamente el Proyecto de Desarrollo Integral Pontila por medio del representante legal Carlos Enrique Lemus Navas, Municipalidad de Chisec y Cobán por medio de los alcaldes Municipales.

La Corte resolvió la suspensión definitiva de la Licencia Ambiental número 06904-2016/DIGARN Código OTKI2FXFLL Categoría “A” Con vigencia del 4 de noviembre 2016 al 3 de noviembre 2018, Emitida por el expediente identificado como EIA-0139-2015  que fue extendida el 7 de noviembre 2016 por el director de gestión ambiental y recursos naturales del MARN.

Esto por varios incumplimientos y violaciones a la libre determinación de los pueblos, la paz, el derecho a medio ambiente, al agua, la cosmovisión, cultura, etc. Según autoridad indígena que desde la aprobación del proyecto ha divido la comunidad, amenazas de muertes, intimidaciones y un daño notable del tejido social por chantajear con regalías a algunas personas, a pesar de eso tenemos conocimiento que la justificación que usa la empresa no son técnicos ni científicos ya que indica que nosotros nos beneficiaríamos con el proyecto, pero en ningún momento nos lo consultaron.

Don Andrés Maquin Autoridad Ancestral de San Luis Chiquito indica que simplemente hicieron lo que les corresponde hacer defender la madre tierra y mantener la forma de organización de cada pueblo según indica el artículo 66 de la constitución y el articulo 8 del convenio 169 OIT pero el mismo estado a través del MARN impugno nuestra petición el 27 de mayo del año 2015, pero con la ayuda de los abogados acompañantes se logró demostrar varias irregularidades del proyecto que gracias a Dios hoy podemos decir que aún se puede confiar en la justicia y seguiremos haciendo nuestra parte como autoridades ancestrales de nuestros pueblos corresponde hacer.

COMPARTE