Créditos: juridico2
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Por: Andrea Ixchíu Hernández

Un bus, que iba lleno de autoridades comunales de los 48 Cantones de Totonicapán y miembros de la División de Protección a la Naturaleza de la Policía Nacional Civil -DIPRONA-, se adentraba cada vez más al bosque por un camino lleno de veredas y árboles grandes, totalmente cubiertos por la neblina de la madrugada, transcurría el mes de abril del año 2013.

Las autoridades comunales llegamos muy temprano a un punto en el bosque comunal que colinda con Sololá, cercano a la comunidad de Barraneché y al altar mayor conocido como María Tecún. Viajamos porque fuimos informados de que habían maquinas retroexcavadoras trabajando en la región sin autorización de la comunidad y debíamos verificar. Temíamos que alguna empresa minera estuviera invadiendo el bosque.

Al descender del bus caminamos por varios minutos sin encontrar rastro de las máquinas reportadas. De pronto alcanzamos a escuchar varios disparos, entramos en alerta y dispusimos organizarnos para ubicar el lugar de donde provenían. -Pum, pum, pum-, seguían las detonaciones.

De entre los árboles una grupo de venados salió corriendo, huían asustados, desubicados. Entonces lo supimos, habían cazadores dentro del bosque comunal.

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Nos organizamos en grupos, los más veloces y conocedores del territorio iban adelante, en avanzada, indicando que ruta tomar. Junto a mis demás compañeros de servicio yo iba pocos metros detrás del primer grupo. Todos estábamos atentos a cualquier eventualidad.

Vimos entonces un vehículo tipo pick-up moviéndose por el bosque. De forma rápida y por medio de nuestros radiotransmisores nos organizamos para rodearlo. Corrimos tan rápido como pudimos y conseguimos que el vehículo detuviera la marcha.

En ese entonces, yo era la Presidenta de la Junta Directiva de Recursos Naturales de los 48 Cantones de Totonicapán, y con esa autoridad otorgada por mi pueblo, me dispuse a acercarme primero al vehículo y establecer comunicación con los tripulantes, claro, siempre acompañada por mis compañeros de junta directiva y el resto de la comitiva.

Habían dos sujetos dentro del vehículo, dos hombres blancos, rubios, completamente asustados. Recuerdo que lo primero que dijeron al verme fue: “No nos linchen, por favor” y ante eso, no pude evitar soltar una carcajada, igual que el resto de mis compañeros. “Que fama nos cargamos”, dijo mi colega Germán Gutiérrez, vicepresidente de la junta directiva. Los hombres volvieron a decir: “No nos hagan daño”, note inmediatamente, por su mala pronunciación del español y su acento, que no eran guatemaltecos.

Les pedimos que descendieran del vehículo, que mostraran sus identificaciones y el motivo de estar en esa parte del bosque. Así lo hicieron, nos dieron sus nombres completos, su país de origen y lugar de trabajo, -uno de ellos era empleado de una misión internacional alemana- y el otro un abogado italiano, que indicó tenia 10 años de vivir en Guatemala. Ambos dijeron ser cazadores aficionados. Estaban muy nerviosos.

Le pedimos apoyo a los agentes de DIPRONA para que revisaran el vehículo, mientras les explicábamos a los cazadores que no les haríamos daño y que los detuvimos porque en este bosque estaba prohibida la caza. Explicamos que el territorio dónde estaban no era propiedad pública o privada sino comunitaria, cuidada y administrada por el gobierno indígena de Totonicapán, pero que además estaba reconocida como área protegida por el Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP-.

Les explicamos que en Guatemala la Constitución Política recita que no se puede alegar ignorancia de la ley, aun así usted sea analfabeta. Y que existe una Ley General de Áreas Protegidas que en el artículo 81 bis indica que la pena para la persona que asesine y transporte animales silvestres sin contar con licencia otorgada por el CONAP es de cinco a diez años de prisión y una multa de diez mil a veinte mil quetzales.

Mientras tanto, los agentes de la policía encontraron dentro del vehículo varios rifles, varias cajas de balas, cuchillos, lazos y dos faisanes, cada uno dentro de un costal. Una de las aves estaba muerta, la otra herida, pero aun con vida.

Al ver a los faisanes en costales todos nos enojamos mucho. “¿Porqué les hicieron daño a los pájaros, si nada les estaban haciendo. Si los perros lo hicieran se entiende, porque no piensan, pero ustedes que tienen en la cabeza para andar cazando? ”, les increpó el más anciano del grupo.

Sin embargo, por muy descabezado que pareciera para nosotros, la ley general de caza indica en el artículo nueve que en Guatemala existe un permiso especial para realizar la cacería como actividad turística y deportiva. -Sí, hay un permiso especial para matar animales por placer y por diversión-. Y que con el propósito de promover el turismo extranjero, el CONAP puede extender licencias de caza deportiva a los extranjeros que entren legalmente al país. Pero también ese artículo indica que para realizar la actividad deben de ir siempre acompañados de un cazador local reconocido y registrado y que deben estar por lo menos con un guía de la localidad.

La cosa empeoraba para los sujetos, ya que la misma ley de caza prohíbe la actividad dentro de áreas protegidas y sobre todo contra aves insectívoras que embellecen el campo y benefician la agricultura, las áreas forestales, que son aves canoras y que tienen valor únicamente vivas. Y justo todas estas características le corresponden al Faisán, que dicho sea de paso, también fue ave declarada en peligro de extinción y está dentro del listado de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre –CITES-.

Al verificar que los sujetos tuvieran las licencias necesarias de caza, de portación y tenencia de armas y que cumplieran con los requisitos descritos en la ley, descubrimos que eso no era así. Tuvimos que explicar la situación a los cazadores e indicarles una a una las consecuencias legales de lo que habían hecho. Explicar los delitos, sus penas. Uno de los sujetos, el alemán, empezó a llorar, indicó que sabía que eso le costaría el empleo y que tendría luego que abandonar el país.

Les indicamos que por haber delinquido en nuestro territorio, ellos podían optar por otra forma de resolución del problema. Explicamos que en Totonicapán las autoridades comunales tenemos nuestro sistema de justicia y que nuestros procedimientos son distintos a los del sistema oficial. Pero que la decisión era de ellos. Ellos podían optar por cualquiera de los dos sistemas.

Los agentes de DIPRONA insistían en proceder ellos y llevarlos a un juzgado, por la gravedad del caso, pero le permitimos a los cazadores decidir hasta el último momento. Luego de varios minutos, dieron su respuesta, “Queremos que nos juzguen ustedes”, me indico el italiano. Entonces pedimos a los agentes policiales que nos acompañaran como testigos y para garantizar que no se fugaran los sujetos. Ya que nosotros no teníamos esposas o armas. Le permitimos a los extranjeros conducir en su vehículo escoltados por la policía.

Volvimos al centro del pueblo, a la casa comunal de los 48 cantones. La junta directiva de recursos naturales en pleno, un representante de DIPRONA y el CONAP nos acompañaron en nuestra oficina.

El vocal III de la junta de recursos naturales, Luis Vásquez, originario del cantón Vásquez, inicio la sesión explicando a los cazadores que dentro de la cosmovisión del pueblo indígena de Totonicapán todas las vidas merecen respeto ya que cumplen una función en la tierra y mantienen el equilibrio en la naturaleza y cuando se asesina a una de esas vidas se rompe la armonía y eso trae consigo más problemas para todos los seres que habitan el planeta.

Luego, el vocal I, Narciso García del cantón Pasajoc fue más enfático al reprochar a los cazadores, recuerdo que les dijo: “Que creen, que por ser extranjeros pueden ir a donde quieran en Guatemala a matar animales, primero son animales, luego son personas, como nadie les dice nada, ya están acostumbrados a matar”. Todos escuchamos pacientes las palabras de todos los presentes, todas las autoridades hablamos y luego llego el turno a los extranjeros. Cada uno explico sus motivos, indicaron que en Europa ellos estaban acostumbrados a realizar la cacería, que desconocían el sistema de justicia guatemalteco y reconocieron su ignorancia de la ley y su poco interés en averiguar si lo que hacían era o no ilegal. Indicaron que si bien sabían de la existencia de los 48 cantones, ignoraban que el bosque donde estaban fuera de su jurisdicción e indicaron que era la segunda vez que iban al lugar, ya que había sido un guatemalteco que vive en Panajachel quién les mostró el camino y los llevo por primera vez al área a cazar y no les dijo que era un área protegida. Ofrecieron una disculpa por haber cometido los actos señalados y prometieron que eso jamás volvería a ocurrir.

Luego de varias horas de dialogo llego el momento de poner una sanción. Meditamos mucho en la Junta Directiva, ya que la idea era dar una lección para la vida de esos sujetos. Ya había muerto el segundo faisán, la policía tenía las armas, ¿qué podría reparar el daño?

Decidimos entonces mediante consenso, las siguientes sanciones:

a) 63 días de trabajo comunitario en el vivero comunal, ya que las manos que alguna vez fueron para asesinar animales, debían devolver vida al bosque. Ayudando a nuestro viverista a cuidar de los más de 300 mil árboles que se siembran al año y que dan agua y vida al país algo habrían de contribuir. El registro de su asistencia sería llevado por el viverista Agustín Par, mediante un cuaderno de notas.

b) La colocación de 4 rótulos grandes en varios puntos de ingreso al bosque comunal que tuvieran la leyenda: “Este es el bosque comunal propiedad de los 48 Cantones de Totonicapán. Esta prohibida la tala y la cacería. Área protegida reconocida por el CONAP”, para que cualquier persona que no conoce el área y llegue ahí sepa en que territorio se encuentra.

y c) El pago de 2,000 quetzales en bonos de combustible para que la junta de recursos naturales pudiera seguir realizando monitoreos al bosque comunal.

Al ser dictadas las sanciones, los sujetos aceptaron sin rechistar, aunque negociaron el cumplimiento del trabajo comunitario, indicando que no podrían hacer 2 meses de trabajo seguidos y que lo podían realizar solo en fines de semana, para que no afectara en sus labores. La junta directiva de recursos naturales consciente de esto accedió a la petición. Las autoridades comunales, los cazadores y los testigos firmamos entonces un acta con los acuerdos y empezó el cumplimiento de la sanción.

Una hora después de la lectura de la sentencia, los sujetos regresaron a la casa comunal con los vales de gasolina. Dos semanas después con los rótulos y sus marcos. Y casi siete meses después, Agustín Par, el viverista, termino el conteo de los 63 días de servicio comunitario. Realmente ignoro el impacto de esta sanción en la vida de estos sujetos, ya que no tuve la oportunidad de charlar con ellos después del incidente, no sé si siguen cazando. Sin embargo, don Agustín, el viverista, nos contó que el alemán le dijo antes de irse en su último día de trabajo: “Gracias por enseñarme que los indígenas son justos y que respetan la vida”.

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