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Por: Nelton Rivera.

“Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna.” Art. 35 Constitución Política de la República de Guatemala –CPRG-.[1]

El Consejo de Ministros del gobierno de Guatemala declaró a través del Decreto 5-2016 un Estado de Prevención en todo el territorio nacional publicado en el Diario de Centroamérica —DCA-; suspendió los artículos 5o. Libertad de acción y el  26 Libertad de locomoción de la Constitución. Con esta medida pretendía restringir las garantías constitucionales de todos los ciudadanos del país, entre éstas la libertad de expresión.

Sobre la libertad de expresión, el decreto cita: “Exigir a los órganos de publicidad o difusión que eviten todas aquellas publicaciones que a juicio de la autoridad contribuyan o inciten a la alteración del orden público. Si la prevención no fuera acatada y sin perjuicio de otras medidas, se procederá por desobediencia contra los responsables”. Artículo 6 del decreto de estado de Prevención.

La restricción a la libertad de expresión no solamente estaba dirigida a los medios de comunicación tradicionales. Hay otros actores que juegan un papel importante en la defensa de la libertad de expresión como las radios comunitarias, los comunicadores sociales, académicos y la ciudadanía en su conjunto. Aún más preocupante resulta cuando también se limitan otros derechos como el de reunión y manifestación. El mensaje del presidente y de los sectores que con él están gobernando es claro: no quieren oposición,  ni crítica, con esto se evidenció un nuevo retroceso de la democracia.

¿Porqué le molesta la prensa a Jimmy Morales??

 “Se acabó la fafa, se acabó la publicidad. Guatemala ya no puede seguir pagando publicidad, perdónenme, señores de los medios de comunicación, si ese es su dolor”

“… Y termino. Se acabó la fafa, se acabó la publicidad, Q160 millones en el 2014, más de Q60 millones en el 2015, Guatemala ya no puede seguir pagando publicidad, perdónenme señores de los medios de comunicación, perdónenme si ese es el dolor, ¡Perdónenme! Si se despidió gente, pariente, perdónenme pero Guatemala me eligió y está bien”[2]

Jimmy Morales previó a viajar a los Estados Unidos y envió a los ministros y ministras el Decreto 5-2016, todos lo firmaron. La acción del presidente violentó la CPRG: el gobierno restringió artículos constitucionales vitales para la vida política de todos sus ciudadanos como la libertad de reunión y manifestación, artículos 33, 34 y 35 de la CPRG. En medio de fuertes críticas por la vinculación de su hermano e hijo en un caso de corrupción y defraudación tributaria y por los ataques hechos recientemente por su persona contra la prensa guatemalteca en general.

No pasaron  24 horas desde la salida de Jimmy Morales y el presidente en funciones Jafeth Cabrera tomó la decisión de suspender el decreto 5-2016.

Si esto fuera poco el Estado guatemalteco con esta medida atentó contra la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA y el Artículo 13 – Convención Americana sobre Derechos Humanos: “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.”

El Artículo 19 – Declaración Universal de Derechos Humanos, atentando además contra el Pacto Interamericano de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, declaraciones y tratados firmados por el Estado de Guatemala.

“No encontramos el sentido del acuerdo; está de más, pero más allá de eso es evidente que hay una inconstitucionalidad en el  tema de la libre emisión del pensamiento. Tenemos entendido que hay varios antecedentes en la Corte de Constitucionalidad. En verdad no tiene ningún sentido que en un estado de Calamidad se restrinja la libertad de expresión”, expresó el procurador de los Derechos Humanos, Jorge de León Duque.[3]

Finalmente este tipo de decisiones nos sigue reafirmando que este gobierno no tiene vocación democrática, ni programa y que está dispuesto a imponer su voluntad a través de prácticas antidemocráticas.

En Guatemala es necesario fortalecer la libertad de expresión, democratizar el acceso a la radio y televisión de uso público para las comunidades y colectivos que puedan hacer uso de las frecuencias del Estado que actualmente se encuentran otorgadas de forma ilegal a distintas empresas y monopolios.

 

[1] Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 35. Libertad de emisión del pensamiento. http://www.quetzalnet.com/constitucion.html

[2] Soy502. Jimmy Morales: “Se acabó la fafa, se acabó la publicidad”. 19 de septiembre 2016. https://www.soy502.com/articulo/jimmy-molesto-critica-prensa-e-habla-hijo-hermano-32419

[3] Prensa Libre. Sorpresivo estado de Prevención origina polémica. G. Contreras, G. Sánchez y J. Gramajo. Guatemala 20 de septiembre 2016. http://www.prensalibre.com/guatemala/politica/gobierno-decreta-estado-de-prevencion-por-lluvias

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