Comunitarios exigen cierre de operaciones de hidroeléctrica Renace en San Pedro Carchá

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Créditos: Rony Morales.
Tiempo de lectura: 2 minutos

Fotografías y texto: Rony Morales

12 de julio 2019

El jueves 7 de julio en conferencia de prensa, representantes de las comunidades de San Pedro Carchá, Santa María Cahabón, junto al colectivo Madre Selva informaron que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictó a favor la acción de amparo constitucional, de las comunidades afectadas por el complejo hidroeléctrico Renace sobre el río Cahabón en el territorio q’eqchi’.

Sin embargo los comunitarios  dan conocer que no están de acuerdo ya que esta sentencia es similar a la del caso de la Hidroeléctrica Oxec y Oxec 2 donde se autoriza que sigan las operaciones de la empresa hasta que se realice la consulta comunitaria en el territorio afectado en Alta Verapaz.

Representantes del pueblo q’eqchi’, legítimos dueños de su tierra, exigieron a la CSJ y al Ministerio de Energía y Minas (MEM) que se respete la acción de amparo presentada por comunitarios de San Pedro Carchá, y también demandaron que la hidroeléctrica suspenda su trabajos en el río Cahabón.

Mencionaron y demostraron, con documentos, que son más mas de 40 kilómetros afectados por nueve hidroeléctricas sobre el afluente del río Cahabón. En las comunidades existe disposición de apoyar la realización de la consulta, ya que la economía de quienes habitan el área, se sustenta en la agricultura, el cultivo del café y cardamomo, que constituye el principal ingreso familiar, y no en las hidroeléctricas.

Además, la mayoría de las comunidades cultiva maíz y frijol, por lo que el agua es fundamental para sus actividades agrícolas ante las amenazas de las empresas de capitales transnacionales, y que es apoyado por el Estado.

El 27 de mayo 2017, la CC emitió una sentencia en base a los expedientes 90-2017, 91-2017 y 92-2017, en la que examinó la sentencia del 4 de enero de 2017, dictada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Como respuesta a la acción penal promovida por Bernardo Caal Xol contra el ministro del MEM el 11 de diciembre del 2015. La CC cita las bases del amparo que habían solicitado las comunidades q’eqchi’s de Santa María Cahabón[1].

Las comunidades de San Pedro Carcha están dispuestas a defender su territorio y sus derechos. Cuentan con su propia voluntad y con los mecanismos legales que les proporcionan la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, el Código Municipal y la Ley de Consejos de Desarrollo. Estas leyes y convenios establecen la obligación del Estado guatemalteco de garantizar la participación de las comunidades por medio de la consulta en la toma de decisiones sobre asuntos que afectan los medios de vida, el territorio y la cultura de los pueblos.


[1] https://prensacomunitaria.org/caso-oxec-reflexiones-sobre-la-sentencia-de-la-cc/

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