Créditos: Stef Arreaga
Tiempo de lectura: 6 minutos

El asesinato de la menor Patricia Morales

 Por Stef Arreaga

 El día de hoy concluyó la audiencia de resolución de auto de procesamiento en contra de 20 personas, presuntas responsables de la muerte de la menor de 14 años, Patricia Yuceli Morales, en el interior del Hogar Virgen de la Asunción.

Patty

Patricia Yuceli Morales, originaria de la aldea Guacamaya, Casillas, Santa Rosa, ingresó al hogar en agosto del 2012 por ser víctima de trata. Según el abogado de una de las sindicadas, Roberto Stalling Sierra, en el expediente aparece que Patricia tenía problemas psiquiátricos y tomaba medicamentos estabilizadores del ánimo, pero que en muchas ocasiones estos medicamentos no llegaban al hogar, por lo que pasaba mucho tiempo sin tratamiento y eso la hacía estar alterada.

Como se ha sabido, dentro del hogar, había muchos patrones de agresividad entre las adolescentes; Patricia era víctima muchas veces de golpes y maltratos por parte de sus compañeras.

El crimen

El día 17 de octubre del 2013, Patricia se encontraba lastimada del rostro, había estado bajo constante acoso y abuso físico por parte de algunas compañeras.  Una de las menores —amiga de Patricia— menciona cómo ella le dijo ese día que quería irse con su mamá, que ya estaba desesperada. Horas más tarde durante una riña, las monitoras decidieron terminar con el problema encerrando a 10 de las adolescentes en conflicto en el “cuarto de reflexión” llamado “La bartocha”, un baño de 3 metros cuadrados, idóneo para castigar energúmenos adolescentes. Este baño se encontraba en el área de Pedagogía, lo que indica que el personal estaba no sólo enterado del encierro de las adolescentes, sino que fueron incapaces de denunciar este encierro y de manejar la situación profesionalmente.

Fotografía Stef Arreaga

Testimonio de una adolescente del Hogar:

(…) entonces escuchÉ que en el cuarto de reflexión que se escuchaban gritos, entre los gritos reconocí la voz de Patty. Gritaba y decía: auxilio, auxilio ayúdenme. También observé que cerca del portón estaban las monitoras seño Marissa y seño Magaly, y seño Marissa le dijo a seño Magaly ‘ha de ser una broma para que las saquemos’.  Luego yo salí y vi que ingresó al módulo la seño Marissa a cambiarse (…) cuando ya no se escuchó bulla.  Las monitoras, seño Marissa,  seño Diana, seño Helen, seño Flory y seño Irma, fueron a ver qué pasaba y llevaban unas lámparas encendidas porque el cuarto de reflexión es oscuro. Las monitoras salieron bien asustadas.”

El Ministerio Público, en la lectura de la acusación, mencionó que cuando llegaron las monitoras y psicólogas, sacaron a siete de las adolescentes: tres quedaron en el interior; las dos victimarias y el cadáver de Patricia, que había sido vapuleada y ahorcada con una bufanda.

Las dos adolescentes que dieron muerte a Patricia fueron trasladadas al juzgado, hubo un proceso penal y fueron sentenciadas.

La reactivación del caso

El 12 de octubre, la directora, coordinadoras, monitoras, psicólogos y personal de seguridad en funciones durante el 2013, fueron detenidos por su presunta implicación en la muerte de Patricia.

El nivel 2 de la Torre de Tribunales se encontraba abarrotado. Casi todas mujeres engrilletadas, la mayoría llorando, otras desconcertadas y una que otra con mucha serenidad, el caso de Brenda Julissa Chamán Pacay, sindicada y ligada a proceso en el caso de la masacre en el Hogar Seguro del 8 de marzo del 2017 (41 niñas perdieron la vida y otras 15 resultaron gravemente quemadas).  Ese día se llevaría a cabo una audiencia de etapa intermedia a la que debía acudir, sin embargo, fue suspendida por incomparecencia. Chamán, quien estaba bajo medida sustitutiva, había sido capturada nuevamente.

¿Qué hizo que el caso se reactivará 5 años después?  Una pregunta lanzada hacia varios de los abogados defensores. Todos coinciden en que hubo “algo” o “alguien” interesado en crear un “show” de un caso en donde ya hubo sentencia.

Fotografía Stef Arreaga

Primera etapa penal

La primera etapa está por concluir. 20 de los sindicados fueron escuchados, los abogados defendieron a sus clientes y el Ministerio Público argumentó —escuetamente— la participación y responsabilidad de cada uno de ellos. Los delitos imputados a la mayoría eran: abuso de autoridad, maltrato contra personas menores de edad, incumplimiento de deberes e incluso homicidio culposo. La jueza Virginia de León, del juzgado segundo de primera instancia penal, recibió entonces dichas acusaciones del MP, durante varios días resolvió auto de procesamiento para 17 de 20 ex empleados del Hogar Virgen de la Asunción. Tres de ellos fueron absueltos por falta de pruebas. Ninguna de las personas fue ligada a proceso por los delitos que el MP les imputó.

Prensa Comunitaria solicitó al ente investigador un listado de sindicados con los delitos por los que fueron ligados, sin embargo, expresaron que no contaban con ello de forma preliminar y que elaborarían uno al finalizar esta primera etapa. Por lo que decidimos juntar la información y realizar un listado final nosotros:

Fotografía Stef Arreaga

FAVOR PONERLO EN TABLA !!

Nombre.                                                Ligada(o) por:

 

  1. Irma López Gómez de Álvarez.                                    Omisión de denuncia
  2. Janeth Agustín Vides.                                                    Omisión de denuncia
  3. Brenda Julissa Chaman Pacay.                                    Omisión de denuncia
  4. Helen Johana Canahui Xitumul.                                 Omisión de denuncia
  5. Diana Esmeralda Mena Cuellar.                                  Maltrato contra personas menores de edad
  6. Irma del Carmen Alonzo Delgado.                              Maltrato contra personas menores de edad,            .                                                                                                                                                         Homicidio Culposo
  7. Aura Elvira Teni Ramos.                                                Omisión de denuncia
  8. Alejandra Trujillo Ventura.                                           Omisión de denuncia
  9. Miriam Estefany Rosito Cullin.                                    Omisión de denuncia
  10. Lesvia Judith Soberani de Paz.                                   Falta de mérito
  11. Sonia Elizabeth Álvarez Guevara.                                Maltrato contra personas menores de edad
  12. Byron Orlando Ruiz de la Rosa.                                   Omisión de denuncia
  13. Mirna Magaly Contreras Sayes.                                   Omisión de denuncia
  14. Ada Celeste Morales Hernández.                                 Omisión de denuncia
  15. Irma Irene Soto Enríquez.                                             Omisión de denuncia
  16. Maritza Esperanza López Andrino.                             Omisión de denuncia
  17. Rita Maria Villalta Galindo.                                          Falta de mérito
  18. Lidia Roxana Carrera Barcarcel.                                 Omisión de denuncia
  19. Maria Elizabeth Juárez.                                                Omisión de denuncia
  20. Wilson Aníbal Hernández Brener.                             Falta de mérito

 

Fotografía Stef Arreaga

¿Cómo tipifica la ley los delitos correspondientes?

ARTICULO 457. El funcionario o empleado público que, por razón de su cargo, tuviere conocimiento de la comisión de un hecho calificado como delito de acción pública y, a sabiendas, omitiere o retardare hacer la correspondiente denuncia a la autoridad judicial competente, será sancionado con multa de cien a un mil quetzales.

ARTICULO 150 Bis. Maltrato contra personas menores de edad. Quien mediante cualquier acción u omisión provoque a una persona menor de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva, daño físico, psicológico, enfermedad o coloque al niño en grave riesgo de padecerlos, será sancionado con prisión de dos a cinco años, sin perjuicio de las sanciones aplicables por otros delitos.

ARTÍCULO 127. Homicidio culposo. Al autor de homicidio culposo se le sancionará con prisión de dos a cinco años. Cuando el hecho causare, además, lesiones a otras personas o resultare la muerte de varias, la sanción será de tres a ocho años de prisión.

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