Créditos: Lucía Ixchíu
Tiempo de lectura: 3 minutos

Por: Andrea Ixchíu

Abelino Chub Caal  indígena q`echi, es promotor social, organizador y líder comunitario que labora en las comunidades asentadas en la sierra cercana al lago Izabal y la cuenca del río Polochic al nororiente de Guatemala. Fue detenido en San Pedro Carchá, Alta Verapaz, al mediodía del sábado 4 de febrero del 2017.

El Ministerio Público (MP) le acusó inicialmente de la comisión de los delitos de usurpación agravada, incendio, coacción, asociación ilícita y agrupación ilegal de gente armada. Esto provocó su ingreso al Centro Preventivo de Varones de la zona 18 en la Ciudad de Guatemala y el inicio de un proceso penal en su contra.

Este proceso, cómo muchos otros que se han visto en los últimos años en las cortes del país, existe como resultado de una amplia campaña de criminalización en contra de defensores de derechos humanos, autoridades indígenas y organizaciones sociales, promovidas desde hace muchos años en la región del Valle del Polochic por parte de finqueros, la Compañía Guatemalteca de Níquel, la empresa Naturaceites, varios empresarios aglutinados en la Cámara del Agro (integrada por asociaciones de exportadores, ganaderos, porcicultores, lecheros, cafetaleros, algodoneros, huleros, bananeros, azucareros, cañeros y palmicultores) y de otros operadores con intereses empresariales articulados en la Fundación contra el Terrorismo y la Liga Pro-Patria, que ven en el trabajo de Abelino Chub y las organizaciones para las que él labora como una amenaza a sus intereses.

Fotografía: De Redes

Sin embargo, a pesar de estos señalamientos, en la audiencia de primera declaración celebrada el 13 de febrero del 2017, el Juez de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Puerto Barrios Izabal, Edgar Aníbal Arteaga López, retiró los delitos de coacción, asociación ilícita y agrupación ilegal de gente armada, por no haber suficientes elementos para probar que Abelino cometiera estos actos, quedando así acusado únicamente de los delitos de usurpación agravada e incendio. Estos delitos, por ser menos graves en la tipificación existente dentro del código penal, gozan de medida sustitutiva que es una alternativa que ofrece el Código Procesal Penal a la Prisión Preventiva. Esto permitiría que Abelino continuara el proceso en su contra fuera de prisión. Sin embargo el juez se negó a otorgar esta medida, ya que la fiscalía del MP argumentó que Abelino podría participar en el sabotaje de varios desalojos previstos en el Valle del Polochic y obstaculizar la investigación penal.

En la audiencia celebrada el pasado 5 de junio, el MP pidió la “Clausura Provisional” del proceso penal en su contra. Esto para que la fiscalía tuviera un margen de tiempo para ampliar su investigación y recabar evidencias. La fiscalía argumenta que le faltan insumos y peritajes dentro de la investigación para poder presentar una acusación en contra de Abelino y han solicitado 12 meses plazo. Esta solicitud implicaba la salida de prisión preventiva de Abelino.

El 5 de junio en una nueva audiencia y de forma inesperada, esta petición del MP fue rechazada por el juez, quien fijó un plazo más corto de tiempo al Ministerio Público para que presente la acusación formal contra Abelino, quién deberá permanecer en prisión hasta entonces.

Algo muy importante de la petición del MP es que señala por escrito, que las tierras y la propiedad que supuestamente usurparon los pobladores, hechos por los que sindican a Abelino, no tiene certeza jurídica, es decir no se ha hecho un análisis de la legalidad y de tracto sucesivo (figura legal que establece el tracto sucesivo de la tierra, la historia registral de la finca)

Ya que el Ministerio Público ha indicado que no tiene suficientes elementos que prueben la culpabilidad de Abelino Chub Caal en la comisión de los delitos de usurpación agravada e incendio, se espera que el Juez Edgar Aníbal Arteaga López, al no tener suficientes evidencias recogidas en la acusación dicte el sobreseimiento del caso, que es una forma de terminar el proceso, diferente a la sentencia, pero con los mismos efectos de la sentencia absolutoria, cerrando así la persecución penal en contra de Abelino Chub Caal, quien lleva 151 día en prisión y así él pueda recuperar inmediatamente su libertad.

El día de hoy 6 de julio del 2016 se discutirán las conclusiones de la etapa intermedia, donde se establecerá la inocencia o culpabilidad de Abelino Chub Caal y se analizará si hay suficientes pruebas para llevarlo a juicio penal y se señale audiencia de debate.

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